Siempre está la posibilidad de que el deudor no reconozca su deuda, por muchos papeles que acrediten lo contrario o todas las facilidades que le entregues para que pague a tiempo. Si estos documentos no cuentan con la firma del notario, es más difícil usarlos como prueba de que existe un pago pendiente.
En el siguiente artículo te explicaré como preparar con anticipación el proceso de cobranza y cómo documentar todo el proceso de cobro y pago para evitar malos entendidos registrando todas las veces que solicitas el pago de tu deuda.
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Si dentro del plazo de tres días desde que es citado a confesar, el deudor alega que la rúbrica es falsa, como acreedor debes probar la autenticidad de la firma ante un juez. Si la resolución es a tu favor, puedes presentar un juicio de cobro de deuda o juicio ejecutivo, que obligará al deudor a pagar. No te quedes sólo con el documento donde aparece la firma y la cuenta por pagar de tu deudor.
Para acreditar la firma, formaliza la firma del documento mediante un sistema digital de calendario (agenda electrónica), saca fotos del momento y asegúrate de que haya una retroalimentación posterior en la que la persona confirme que firmó, y que fue de mutuo acuerdo y libre de presiones.
Para notarizar y guardar copia de todo te recomiendo:
Recuerda que para iniciar un juicio ejecutivo, deberás presentar la copia del cuadriplicado del cobro efectivo. Es la única copia a la cual la ley otorga valor de título ejecutivo. Las otras copias del cobro sirven para juicios ordinarios.
Las acciones judiciales para cobrar una deuda tienen un plazo determinado por ley; hasta 3 años para las acciones ejecutivas y hasta 5 para las ordinarias. Por ejemplo:
En tanto, algunos documentos pierden eficacia o valor porque caducan antes de ser cobrados. Tal es el caso de los cheques, que vencen dentro de 60 o 90 días, dependiendo del giro. Mientras, las letras o pagarés vencen únicamente cuando son A la Vista y no se presentan a cobro dentro de 1 año desde que fueron aceptados o suscritos.
En el caso de una deuda comercial, para que una boleta o factura pueda ser cobrada mediante juicio, debe cumplir con los siguientes atributos:
Para ahorrar confusiones o malos entendidos, saca provecho de la validez legal y confianza de la información que entrega la boleta de honorarios electrónica y la factura electrónica.
Ambos documentos de compraventa son válidos ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). En el caso de la factura digital, reemplaza a las facturas tradicionales de papel, así como las notas de crédito, notas de débito y guías de despacho.
No obstante, si continúas teniendo problemas de cobranza, escríbenos aquí y un abogado de nuestro equipo se pondrá en contacto contigo a la brevedad.