La sigla Pyme significa pequeña y mediana empresa. Según una clasificación del Ministerio de Economía, una empresa pequeña es la que al año vende productos o servicios por valores entre 2.400 y 25 mil UF. Una empresa mediana vende entre 25 mil UF y 100 mil UF. A continuación encontrará las alternativas que existen en nuestro país para crear una PYME.
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Existen dos procedimientos para constituir una PYME que están vigentes en Chile. El más antiguo es más lento, porque requiere de una larga tramitación, mientras que el que se estableció a partir de 2013 permite crear rápidamente la mayor parte de las empresas.
En el sistema, que aún se puede utilizar, deberás decidir si formarás la PYME como persona natural o como persona jurídica:
Luego deberás redactar una escritura de constitución de sociedad o empresa individual en una notaría, la que debe contener, entre otros:
Lo ideal es constituirse como sociedad de responsabilidad limitada o empresa individual de responsabilidad limitada, para así no arriesgar el patrimonio personal, sino el de la empresa o nueva sociedad que se forma. En el sistema antiguo se necesita un abogado para constituir la sociedad o la empresa puesto que es quien debe redactar la escritura.
Para iniciar actividades, debes ir a la oficina del SII que corresponde a su domicilio y presentar:
Debe ir a la oficina del SII que corresponde al domicilio de la sociedad o de la empresa y presentar:
La empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL), la sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad anónima cerrada, la sociedad anónima de garantía recíproca, la sociedad colectiva comercial, la sociedad por acciones, la sociedad en comandita simple y la sociedad en comandita por acciones. Están excluidas de este procedimiento las sociedades anónimas abiertas.
Estas empresas podrán obtener un RUT ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), iniciar actividades, ser constituidas, modificadas, fusionadas, divididas, transformadas, terminadas o disueltas, según sea el caso, a través de la suscripción de un formulario por el constituyente, socios o accionistas. Se trata de un sistema alternativo, puesto que coexiste con el tradicional (inscripción en el Conservador de Bienes Raíces).
El Servicio de Impuestos Internos asignará, sin más trámite, un Rol Único Tributario a toda persona jurídica que se constituya conforme a este procedimiento simple, en forma simultánea al acto de incorporación al Registro.
En el mismo formulario de constitución se podrá solicitar al Servicio de Impuestos Internos el inicio de actividades y el timbraje de documentos tributarios. Las PYME constituidas con el antiguo sistema pueden migrar al nuevo.
Si necesita asesoría jurídica para constituir una sociedad o una PYME ya sea bajo el nuevo o antiguo sistema, escríbenos aquí y un abogado de nuestro equipo se pondrá en contacto contigo a la brevedad.