¿Cómo extinguir las obligaciones a través de la compensación?

Escrito por Victor Arroyo | Publicado el 01 de agosto 2016 | Cobranza

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Fecha de última edición: 9 de mayo 2022

Las obligaciones no solo se extinguen mediante el pago, sino que hay varias formas de extinguirlas, una de esas formas es lo que se conoce como compensación, y debido a la importancia que tiene este método es que nosotros en este articulo te explicaremos cómo funciona.

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¿Qué es la compensación?

La compensación es un modo de extinguir las obligaciones recíprocas de dos personas que son deudoras una de otra hasta concurrencia de la de menor valor, o hasta por el monto en que ambas coinciden.

¿Cuáles son los requisitos para la compensación?

  1. Las partes deben ser recíprocamente deudoras y acreedoras de la otra.
  2. Que ambas deudas sean de dinero o de cosas fungibles o indeterminadas de igual género y calidad.
  3. Que las deudas sean líquidas: Esto significa que sean ciertas y determinadas.
  4. Que ambas sean deudas actualmente exigibles: Es decir, las dos obligaciones deben estar vencidas y pueda exigirse su cumplimiento.
  5. Ambas deudas deben ser pagaderas en el mismo lugar: Este requisito lo señala el articulo 1664: “Cuando ambas deudas no son pagaderas en un mismo lugar, ninguna de las partes puede oponer la compensación, a menos que una y otra deuda sean en dinero, y que el que opone la compensación tome en cuenta los costos de la remesa”.
  6. Que ambos créditos sean exigibles.
  7. Que la compensación no se haga en perjuicio de terceros.

¿Se puede renunciar a la compensación?

El deudor puede renunciar a la compensación, esta renuncia puede ser expresa o tácita. Si decides renunciar a la compensación deberás pagar la obligación que se te cobra, pero esto no evita que tu también puedes cobrar tu crédito, ya que éste no ha quedado extinguido al no oponer la compensación.

Si tienes mas dudas respecto de la compensación como modo de extinguir las obligaciones, escríbenos aquí y un abogado de nuestro equipo se pondrá en contacto contigo a la brevedad.


autor Victor Arroyo
Por Victor Arroyo
Abogado UDP especialista en cobranzas y causas civiles

Pasante durante 2014 en el estudio jurídico “Cooper & Co” desarrollando labores de procurador, especializándose en tramitación de causas civiles, ejecutivas, laborales, familia en general, inscripciones en Conservador de Bienes Raíces y gestiones corporativas. Durante 2017 trabaja en Gestión Financiera (GESFIN), entre sus funciones tuvo que gestionar y tramitar cobranzas en carteras masivas. El mismo año, pasa a formar parte de MisAbogados donde tramita causas de cobranza, incumplimientos contractuales, prescripción de derechos municipales y otros como acción y excepción, ejecución promesas de compraventa, redacción y revisión de contratos, juicios de precario, de arrendamiento y trámites ante Instituciones públicas.

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