Los Pagos Provisionales Mensuales Obligatorio son aquellos pagos que deben efectuar los contribuyentes como una provisión contra los impuestos anuales que se determinan a fin de año. El pago puede realizarse hasta el 30 de abril en el formulario 29 junto con el IVA en los plazos señalados anteriormente.
Cabe mencionar que también existe un Pago Provisional Mensual Voluntario que los contribuyentes pueden abonar a cuenta de sus impuestos anuales, sin que exista una obligación determinada para hacerlo. Se cancela en el formulario 50 y no tiene un plazo de vencimiento.
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El Pago Provisional Mensual son los pagos previos que los contribuyentes realizan para cubrir el impuesto anual a la renta. En otras palabras, es un pago provisorio de impuestos mensuales, contra los impuestos anuales que se determinan a fin de año en que se producen las rentas, y que corresponde pagar hasta el 30 de abril del año siguiente.
El Servicio de Impuestos Internos identifica dos tipos de Pago Provisional Mensual:
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La ley sobre Impuesto a la Renta señala que deben pagar el PPM:
Es clave identificar a qué rubro se pertenece, para así determinar cuánto y cómo se pagan los impuestos provisionales mensuales.
Para esto, será necesario considerar los ingresos brutos, según lo señalado en la ley sobre Impuesto a la Renta.
Esto dependerá del sector en el cual se encuentra tu emprendimiento, por eso –como te señalé anteriormente– es sumamente importante que primero identifiques el sector de tu actividad económica. Siendo así, aquí te comparto información más detallada:
Si las declaraciones previas se encuentren al día, el pago del PPM deberás realizarlo:
No, no existe una tasa mínima de PPM. Existe la excepción cuando el porcentaje con que se calcula el PPM no se puede determinar, debido a las pérdidas producidas en el ejercicio comercial anterior, o bien porque no puede establecerse, ya que se trata del primer ejercicio comercial u otra razón. Por ende, el porcentaje que se considerará para estas situaciones será de un 1%.
Según el artículo 97 del Código Tributario, al retrasarte con el Pago Provisional Mensual te expones a multas equivalentes a un 10% del impuesto adeudado, la cual aumenta en un 2% por cada mes adicional de retraso, hasta que llegue a un máximo de 30%.
En el caso de las personas que no paguen el PPM, se exponen a fiscalización y multas, que pueden derivar en una sanción del 20% o el 60% del monto adeudado, respectivamente.
Las declaraciones de los contribuyentes de PPM fuera de plazo pueden ser realizadas por Internet en la sección servicios online del SII.
Este tipo de declaraciones fuera de plazo estarán afectas a multas, reajustes, intereses, de acuerdo con la normativa vigente. Desde el sitio web del SII se puede obtener el monto final que deberá ser pagado, el cual considera, automáticamente, la rebaja por condonación de multas e intereses correspondientes.
No obstante, también es posible declarar el Formulario 29 fuera de plazo en las instituciones recaudadoras autorizadas, cuando ya se han calculado personalmente los recargos y multas por el pago fuera de plazo, o bien cuando estos valores han sido calculados y notificados en la oficina del SII.
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