Introducción

Después de ocho años de tramitación en el congreso, el 20 de Abril del 2020 se publicó en el Diario Oficial la nueva ley de migración y extranjería en nuestro país. Ella pretende modernizar nuestro sistema de migración y a su vez, adoptar las medidas necesarias tras el gran volumen de extranjeros que ha ingresado a Chile en el último tiempo.

A las diferentes Visas ya existentes, se suma una serie de obligaciones y formalidades que más allá de organizar la situación migratoria, busca evitar las irregularizaciones, fomentar las buenas practicas y proteger al extranjero; entre otras cosas. 

Porque el reglamento de la nueva ley de migración y extranjería tiene fecha de publicación para septiembre del 2021, este artículo podría verse modificado.

1. Nueva ley de migración y extranjería 21.325

La nueva ley de migración busca eliminar la idea de que la migración es una amenaza para el país. Junto con esto, busca incluir todos los derechos, deberes y sanciones de los migrantes y extranjeros en Chile, y tendrá como base la integración y la apertura a los tratados de derechos humanos que ha suscrito Chile en este largo período.

1.1. ¿Qué señala la nueva ley sobre el ingreso a Chile?

Respecto al ingreso a nuestro país, la nueva ley exige que debe ser por pasos habilitados y con documentos de viaje, siempre y cuando no existan prohibiciones legales al respecto.

De acuerdo a esto, existen las siguientes dos categorías de ingreso:

  • Como titular de permiso de permanencia transitoria.
  • Como residente oficial, temporal o definitivo.

1.2. ¿Qué documentos de viaje se contemplan?

El ingreso puede realizar con pasaporte, cédula, salvoconductos u otro documento válido y vigentes, mediante resolución de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, expedidos por el Estado u otra organización internacional.

También se contempla aquella documentación respecto de acuerdos o convenios suscritos por el Estado.

1.3. ¿Quiénes pueden ingresar al país sin autorización previa o visa?

Según la ley 21.325, pueden ingresar al país sin autorización previa o visa aquellas personas que cuenten en calidad de titular con un permiso de permanencia transitoria. Respecto a esto, quedan excluidos aquellos casos que por motivos nacionales o internacionales exigen algún permiso o visa consular respecto de los nacionales de ciertos países.

El tiempo de estadía en nuestro país no podrá exceder los 90 días contados desde la fecha del último ingreso al país. El artículo 48, contempla las prórrogas al plazo antes señalado.

1.4. ¿A quién están dirigidas las visas?

La visas están dirigidas a toda persona que quiera entrar a un país que no es el suyo, ya sea por motivo de estudios, trabajo, turista, de paso o por matrimonio (su esposo o esposa vive en este país).

La visa es un documento que confirma que todos tus datos han sido revisados y que cumples con los requisitos para entrar al país.

Las autoridades del país revisan tu visa en conjunto con tu pasaporte, llevando un registro de las personas que entran y salen del país y asegurándose que el documento fue inspeccionado.

1.5. ¿Cuáles son los beneficios de obtener mi visa en el consulado?

Si tramitas tu visa a través del consulado podrás solicitar tu visa consular desde el extranjero, sincerando las razones por las cuales deseas venir al país. Esto último te permitirá ingresar al país con cédula, y por tanto, contar con RUT desde el primer día.

Si no te encuentras en tu país de origen, para obtener el RUT deberás presentar los siguientes documentos en el Registro Civil de Identificación más cercano de donde te encuentres: 

  • Pasaporte vigente con la visa de residencia estampada y con la certificación de la inscripción en el registro de extranjeros de Policía Internacional.
  • Fotocopia simple de las páginas del pasaporte en las que conste: identificación del titular, vigencia del pasaporte y de la visa otorgada, fecha de entrada al país, y de la tarjeta de registro para extranjeros.
  • En el caso de los argentinos titulares de la tarjeta de trabajo temporario o de temporada, será necesario que se presenten con su Documento Nacional de Identidad (DNI).

1.6. Regulación de principios, derechos y obligaciones

Con la nueva ley se norma el ingreso y permanencia de los extranjeros en Chile, los que deberán cumplir con los deberes establecidos. Esta norma pone especial atención y cuidado en los derechos de los niños, niñas, adolescentes y de las mujeres embarazadas o que han sido víctimas de trata de personas, tráfico de personas o violencia de género o intrafamiliar.

Alguno de las nuevos cambios e implementaciones son:

  • Reunificación familiar: Los extranjeros residentes en el país podrán solicitar la reunificación familiar con:

    1. Su cónyuge o con quien tengan una relación produzca efectos similares al matrimonio (conforme al derecho aplicable).
    2. Sus padres.
    3. Hijos menores de edad.
    4. Hijos en situación de discapacidad.
    5. Hijos solteros menores de 24 años .
    6. Menores de edad que se encuentren bajo su cuidado personal.

    La reunificación familiar de niños, niñas y adolescentes deberán tramitarse de manera prioritaria.

  • Visa para mujeres en situación de especial protección: La Ley señala que tratándose de mujeres embarazadas, víctimas de trata de personas, o de violencia de género o intrafamiliar, u objeto de tráfico de migrantes; el Servicio Nacional de Migraciones podrá entregar una visa especial, a partir de antecedentes fundados.

  • Acceso de extranjeros a beneficios estatales: La nueva Ley establece que los extranjeros podrán acceder, en igualdad de condiciones que los chilenos, a prestaciones de seguridad social y beneficios de cargo fiscal. 

    Sin embargo, habrá una excepción tratándose de programas o beneficios de transferencia monetaria directa (esto es, los que implican la entrega de dinero a las personas, como por ejemplo un bono), cuando sean financiados en su totalidad por el Estado. Sólo podrán acceder a este tipo de beneficios los residentes que lleven al menos 24 meses en el país.

    Este requisito no será aplicable a niños, niñas y adolescentes que estén al cuidado de su padre, madre, guardador o persona encargada del cuidado personal del menor; ni tampoco cuando se trate de becas o bonos para estudiantes de educación básica y media.

1.7. ¿En qué consiste la protección complementaria acogida en la ley de migración?

La protección complementaria es una medida de protección que la Secretaría de Gobernación otorga al extranjero que no ha sido reconocido como refugiado en los términos de la presente Ley.

Esto último le permite a los migrantes acceder a una protección complementaria de oficio o a petición de parte por la autoridad. En este sentido, ningún inmigrante que ostente esta protección podrá ser expulsado o devuelto al país donde sus derechos fundamentales corran riesgo de ser vulnerados.

Sin embargo, se limitará este derecho a quienes hayan sido condenados por alguno de los delitos establecidos en la norma.

1.8. ¿En qué consiste la permanencia transitoria?

Una de las innovaciones que contempla esta nueva ley de migración es el ingreso a Chile mediante la permanencia transitoria. Es decir, los extranjeros deberán especificar las razones por las cuales vienen al país, debiendo acreditar los medios lícitos de subsistencia.

En otras palabras, si ingresas a Chile y no tienes intención de radicarte en territorio chileno, deberás solicitar los permisos de residencia y permanencia respectivos en el Servicio Nacional de Migrantes.

Al momento del ingreso te otorgarán un documento que acredite tal situación por parte del Servicio, y quedarás registrado en el Registro Nacional de Extranjeros automáticamente. Su vigencia, no podrá sobrepasar la expiración de tu pasaporte o documento de viaje.

1.9. ¿Puedo trabajar con el permiso de permanencia transitoria?

No. Por ningún motivo podrás realizar actividades remuneradas. Para esto y de modo excepcional, podrás solicitar un permiso especial para realizar labores específicas y esporádicas que constituyan remuneración o utilidad económica para nuestro país. Como por ejemplo, deportistas, políticos, etc.

1.10. ¿Puedo radicarme definitivamente en Chile?

Sí. Podrás hacerlo a través de la residencia definitiva que te autorizará a realizar cualquier actividad lícita en nuestro país. Sólo podrás postular a ella si eres poseedor de residencia temporal que expresamente te permita postular a ella, y que se cumplan con los requisitos legales.

Ten en cuenta que se exige un plazo de 24 meses con calidad de residente temporal para efectos de radicarse en el país. El plazo se amplía tratándose de las causales del artículo 79 de la ley.

1.11. ¿Cómo radicarme un tiempo limitado en Chile?

Si te quieres radicar un tiempo limitado en Chile, podrás optar a la residencia temporal. Para esto deberás postular directamente en el Servicio o en el Consulado chileno, en el caso de que te encuentres en el extranjero.

La residencia temporal se concederá a quienes:

  • Acrediten tener vínculo con chilenos o residentes definitivos.
  • Aquellos cuya estadía sea concordante con los objetivos de Policía Nacional de Migración y Extranjería.
  • En otros casos debidamente calificados por la Subsecretaría del Interior, previo informe del Servicio.
  • Aquellos que cumplan con los requisitos del Decreto Supremo, que se deberá firmar en su oportunidad por las autoridades competentes, donde se contemplan 13 nuevas subcategorías. Entre ellas personas que vienen con fines académicos, razones humanitarias, a realizar actividades remuneradas, por cuenta propia o bajo subordinación o dependencia, etc.

Por regla general su vigencia será por el plazo de 2 años. Y se computará desde que el permiso es incorporado al pasaporte, documento de viaje o registro.

1.12. ¿Qué sucede con las personas que entran a Chile de manera irregular?

Si ingresas a Chile por pasos no habilitados tendrás un plazo de 180 días para abandonar el país. Sin una sanción migratoria. En tal caso, solo podrás reingresar a nuestro país con los documentos habilitados para ello o con alguna Visa Consular.

1.13. ¿En qué consiste el proceso de regularización migratoria 2021?

Es un nuevo proceso de regularización establecido durante este año al cual podrán postular todas las personas sin importar su nacionalidad y su situación (migrantes regulares e irregulares) que hayan ingresado a Chile antes del año 2021 por pasos habilitados.

El período de postulación será de 180 días a contar del día 20 de Abril del año 2021. Quienes postulan deberán desistir de cualquier solicitud de residencia o recurso administrativo presentado ante la Autoridad Migratoria que se encuentre pendiente.

1.14. ¿Cómo postular a la regularización migratoria?

Podrán solicitar un permiso de residencia temporal quienes estén en situación irregular siempre y cuando hayan ingresado al país por pasos habilitados y no tengan antecedentes penales. El plazo para hacer esta solicitud es de 180 días desde que sea publicada la ley.

Para esto, tendrán que ingresar al portal del Departamento de extranjería y buscar la opción Regularización Migratoria 2021. El período de postulación es de 180 días, a contar del 20/04/2021.

Quienes hayan ingresado al país por pasos no habilitados podrán salir del país sin ser sancionados, en el plazo de 180 días desde que se publique la ley. El requisito es que no tengan una prohibición judicial de salir de Chile. Una vez que hayan salido, pueden solicitar su ingreso al país por las vías que establece la ley.

1.15. ¿Puedo trabajar si postulo a la regularización en condición de irregular?

Sí. Podrás ejercer labores remuneradas, una vez finalizado el trámite en la página previo pago online de la solicitud.

Si eres mayor de edad, se te otorgará conjuntamente al certificado de solicitud, un permiso de trabajo, en tu correo electrónico.

Si eres extranjero y deseas venir a Chile o estás radicado acá y deseas regularizar tu situación migratoria, te aconsejo revisar el nuevo proceso de regularización del año 2021.

1.16. ¿En qué casos puedo ser expulsado de Chile?

La nueva Ley de Migración facilita las expulsiones administrativas. En otras palabras, ya no es necesario realizar denuncias penales por el ingreso. De este modo, se desincentiva el uso de pasos no habilitados.

Esta orden podrá ser decretada por la Autoridad Administrativa Competente o por un Tribunal con Competencia Penal.

Las principales razones para que alguien sea expulsado del país son:

  • Ingresar al país no obstante tener una orden de prohibición de ingreso.
  • No haber cumplido con el plazo fijado por el Director del Servicio, luego de la revocación de la documentación de permanencia transitoria (el que no podrá ser menor a cinco días).
  • Encontrarse en Chile no obstante haberse vencido tu permiso transitorio o de residencia temporal.
  • Reincidir en conductas de ejercer actividades remuneradas sin tener autorización o estar habilitado para ello.
  • Otras de similar tenor.

2. Visa sujeta a contrato

Existen distintos tipos de visas. Así por ejemplo, la visa sujeta a contrato es una de las visas más demandadas. A continuación te entregaré las características y toda la información necesaria sobre este tipo de visa.

2.1. ¿Qué es y quién la puede solicitar?

La visa sujeta a contrato o visa de residencia sujeta a contrato, es un tipo de visa que se entrega a las personas que cuentan con un contrato de trabajo con una empresa chilena o empresa extranjera que tiene domicilio legal en Chile. En ese sentido, podrán solicitar este tipo de visa las personas que:

  • No vivan en Chile y que tengan un contrato de trabajo en Chile.
  • Se encuentren en Chile y cuenten con contrato de trabajo.

2.2. ¿Cuánto dura la visa sujeta a contrato?

Esta visa puede ser entregada por un plazo máximo de dos años y podrá ser extendida por períodos iguales.

2.3. ¿Es prorrogable la visa sujeta a contrato? ¿Cuáles son los plazos?

Una visa es prorrogable cuando existe la posibilidad de extender el plazo de tu estadía en el país en que te encuentras. Es importante tener en cuenta que para prorrogar tu visa debes realizar el trámite antes de que expire tu visa.

Las visas sujetas a contrato sí son prorrogables o extensibles. Para esto, la persona que posee una visa sujeta a contrato deberá continuar trabajando con el mismo empleador.

Tendrás que pedir la extensión de la visa dentro de los 90 días antes del vencimiento de tu visa. Para esto deberás ingresar al trámite correspondiente disponibles en el sitio del Servicio Nacional de Migraciones.

2.4. ¿Qué hago si me cambio de empleador y tengo la visa en trámite?

Si durante la tramitación de la visa sujeta a contrato cambias de empleador, deberás pedir una rectificación por cambio de empleador. Los requisitos para pedir esta ratificación son:

  • Carta donde pides la ratificación del nuevo empleador.
  • Carta del empleador anterior, donde dice que desistió del contrato.
  • Finiquito del contrato de trabajo anterior.
  • Nuevo contrato de trabajo.

2.5. Requisitos previsionales para obtener visa sujeta a contrato

En Chile todo trabajador dependiente debe cotizar de forma obligatoria. Sin embargo, aquellos extranjeros que fueron contratados por personas jurídicas, no están obligados a cotizar en los organismos de previsión existentes en Chile. En este caso, los extranjeros deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar afiliado a un régimen de previsión o seguridad social fuera de Chile.
  • Que este régimen de previsión o seguridad social le otorgue prestaciones al menos en caso de enfermedad, invalidez, vejez y muerte.
  • Que en el contrato de trabajo, el trabajador exprese su voluntad de mantener su afiliación anterior.

2.6. ¿Puedo cotizar en mi país de origen?

Si, puedes cotizar en tu país de origen siempre y cuando cumplas con estos requisitos:

  • Demostrar tu condición de técnico o profesional a través de los certificados de título o grado correspondientes y debidamente legalizados en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
  • Dejar constancia en tu contrato de tus intenciones de cotizar en tu país de origen. Esto lo puedes hacer a través de una cláusula previsional como la siguiente: “Se deja constancia que el trabajador mantendrá sus cotizaciones en las instituciones del régimen previsional de su país de origen, comprometiéndose el empleador a efectuar las retenciones y depósitos correspondientes en dichas instituciones”.

2.7. ¿Con esta visa puedo trabajar en cualquier empresa?

No, la visa sujeta a contrato es para trabajar exclusivamente con el empleador que te contrató. Si dejas de trabajar con este empleador, se termina la visa.

2.8. ¿Debo solicitar la Visa de forma presencial o la puede solicitar mi empleador?

La visa sujeta a contrato debe tramitarla el trabajador, esto se puede hacer online o presencial en el consulado de Chile de tu país.

2.9. Si me finiquitan de mi trabajo ¿Qué pasa con la Visa?

La visa sujeta a contrato es solo para trabajar con la empresa con la que se tramitó la visa, si dejas de trabajar con esa empresa, la visa se termina.

En estos casos, el finiquito debe informarse a la Policía de Investigaciones de Chile y a la Gobernación Provincial correspondiente a tu domicilio dentro de los 15 días siguientes al hecho. En Santiago, esto se debe hacer en el Departamento de Extranjería y Migración.

De todas maneras, podrás volver a optar a una visa sujeta a contrato si tienes un nuevo empleador dentro de los próximos 30 días desde que dejaste de trabajar con tu anterior empleador.

2.10. ¿Qué derechos tengo como trabajador en Chile con esta Visa?

Al contar con esta visa de trabajo y un contrato de trabajo vigente, tendrás los mismos derechos que un trabajador chileno. No existe distinción entre nacionales y extranjeros en cuanto a las obligaciones del empleador y a los derechos de los trabajadores.

2.11. ¿Puedo tener más de un empleador con esta visa?

No, esta visa permite trabajar solo con un empleador, que debe ser el mismo con el que tramitaste la visa. No podrás tener dos trabajos, y por ende, dos empleadores. Esta visa tampoco permite desarrollar otras actividades distintas a las indicadas en el contrato de trabajo.

2.12. ¿Cómo debe ser mi contrato de trabajo para poder pedir esta visa?

El contrato de trabajo debe cumplir todos los requisitos generales de un contrato de trabajo, pero además debe constatar lo siguiente:

  • Remuneración: debe ser pagada en Chile y en moneda chilena.
  • Vigencia: esta cláusula debe decir que las obligaciones del contrato solo se podrán cumplir una vez que el trabajador obtenga la visa.
  • Régimen Previsional: lo que expliqué en el punto 2.5 y 2.6 de este artículo.
  • Impuesto a la Renta: el empleador se compromete a hacerse cargo del pago tributario que proviene de la remuneración del trabajador extranjero.
  • De viaje: esta cláusula es solo para este tipo de visa y es para que el empleador se haga cargo de pagar el pasaje de regreso del trabajador, cuando termine el contrato.

2.13. ¿Puede mi familia optar a esta visa?

Sí. Los familiares de la persona que tramita la visa podrán optar a la visa de residente sujeto a contrato dependiente. No obstante, esta visa no permite que encuentren y ejerzan algún tipo de trabajo. Los familiares que pueden optar a esta visa son los padres, el cónyuge y los hijos de ambos o de uno de ellos.

2.14. Paso a paso de la solicitud de visa sujeta a contrato y sus requerimientos

Para solicitar la visa sujeta a contrato necesitas los siguientes documentos:

  • Cuatro fotos tamaño pasaporte (5x5 cm). El fondo debe ser blanco, la cabeza tiene que mirar al frente y ocupar 3/4 del espacio de la foto.
  • Carta del empleador, dirigida al cónsul de Chile, con el propósito de justificar la contratación. El documento debe estar firmado por un notario público.
  • Contrato de trabajo legalizado ante un notario. El contrato debe incluir las cláusulas que vimos en el punto anterior.
  • En caso de que corresponda, el título profesional.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Certificado médico.
  • Pasaporte vigente hasta el término de la estadía

La empresa que contrata al extranjero necesita:

  • Extracto de la escritura pública de constitución de la sociedad.
  • Domicilio legal en Chile.
  • Documento que acredite que la actividad de la persona contratada sea indispensable para el desarrollo del país.
  • Certificado de pago de IVA correspondiente a los tres últimos meses.
  • Certificado de pago previsión de trabajadores correspondiente a los tres últimos meses.

Con estos documentos, y otros que eventualmente te puedan pedir, debes dirigirte al consulado chileno en tu país, completar la solicitud y entregar los documentos.

En caso de hacerlo online, debes completar la solicitud, adjuntar los documentos y esperar la respuesta.

Antes de que aprueben la solicitud, el consulado chileno te llamará para realizar un entrevista personal. En ambos casos, la respuesta a la visa se entregará en el sitio web de trámites consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores.

En el caso de que la visa sea aprobada, tendrás que pagar el documento y entregar el comprobante en el consulado chileno.

Una vez que estés en Chile, tienes 30 días para:

3. Visa de residencia temporaria

En los siguientes puntos te explicaré quiénes pueden pedir una visa de residencia temporaria, cómo solicitarla y cuáles documentos necesitarás para pedirla.

3.1. ¿A quién va dirigida?

La visa de residencia temporaria puede ser requerida por todos los extranjeros que acrediten tener vínculos de familia o intereses en el país y cuya residencia se estime útil y conveniente.

3.2. ¿Qué me permite hacer esta visa?

Esta visa es bastante amplia en el sentido que te permite trabajar, estudiar y/o realizar actividades comerciales.

3.3. ¿Cómo y dónde se solicita?

Este trámite puedes hacerlo online en la página del Ministerio de Relaciones Exteriores, en la sección de “visas”. También puedes hacerlo de forma presencial en el consulado chileno de tu país.

Independiente de la forma en que tramites la visa, debes adjuntar los siguientes documentos:

  • Copia escaneada de los datos biográficos de tu pasaporte. El pasaporte debe tener al menos 18 meses de vigencia.
  • Foto profesional tamaño pasaporte con fondo blanco.
  • Carta de presentación dirigida al cónsul. Debes incluir una descripción personal, información sobre actividades laborales y/o educacionales, la razón por la que te asentarás en Chile y los datos de la persona que será tu contacto en Chile.
  • Carta de invitación. Tu familiar o persona de contacto en Chile deberá enviar una carta informando la dirección donde usted vivirá y las razones de su viaje.
  • Certificado de antecedentes.
  • Carta o certificado médico que descarte enfermedades infectocontagiosas.
  • Certificado que acredite la razón de tu viaje. En caso de viajar por razones familiares, debes adjuntar el certificado de nacimiento chileno de su hijo, o tu certificado de matrimonio chileno. En caso de viajar por trabajo, necesitarás la carta de solicitud de visa enviada por tu empleador chileno.
  • Prueba de fondos o ingresos. Esto es para asegurarse que tendrás dinero suficiente para mantenerte durante los primeros días o meses en Chile.

3.4. ¿Es necesario acreditar sustento económico para pedir visa de residencia temporal?

Sí, como te mencioné antes, uno de los requisitos para poder tramitar esta visa es tener suficientes fondos para mantenerse en Chile los primeros días o meses. Revisa el punto 3.3 para más detalles.

3.5. ¿Cuánto tiempo dura la visa de residencia temporal?

Esta visa se entrega por un período máximo de un año. Se podrá renovar hasta completar un máximo de dos años. Al término de esta visa, tendrás que solicitar la permanencia definitiva o abandonar el país.

3.6. Prórroga de Visa temporaria y sus plazos.

La prórroga de la Visa Temporaria pueden pedirla aquellas personas que obtuvieron una visa de residencia por menos de un año de duración.

También pueden pedir este permiso aquellas personas que cumplen los plazos y requisitos para pedir la permanencia definitiva pero no quieren hacerlo. En estos casos, pueden prolongar su estadía por un año más a través de un permiso de residencia temporal.

Si tienes domicilio en gobernaciones provinciales y quieres pedir la prórroga de la Visa Temporaria, tendrás que tramitarla dentro de los 90 días anteriores a que se venza la visa que ya tienes.

Para solicitar esta visa deberás presentar los siguientes documentos:

  • 2 fotocopias pasaporte vigente. Debe exhibir el pasaporte original.
  • 2 fotocopias de Tarjeta de Registro vigente. 2 fotografías recientes, tamaño carné (3x2 cm.)
  • 2 fotocopias de cédula de identidad por ambos lados.
  • Certificado de antecedentes.
  • Colombianos deben presentar Certificado de Antecedentes Judiciales vigente.
  • Peruanos deben presentar un Certificado Consular de Antecedentes Penales vigente, (obligatorio mayores de 18 años)

3.7. ¿Puedo salir del país con la visa temporaria?

Si, podrás salir del país con la visa temporaria siempre y cuando hayas ido a policía de investigaciones a registrar tu visa.

Si tu idea es tramitar el permiso de permanencia definitiva una vez que se venza tu visa temporaria, entonces no puedes haber salido de Chile por más de 180 días, este es uno de los requisitos para pedir la permanencia definitiva.

3.8. ¿Tiene algún costo?

Si, la visa temporaria tiene un costo que varía del país de procedencia de quien la pide, además de los costos asociados a la documentación solicitada para tramitar la visa. El costo puedes revisarlo acá.

3.9. ¿Me pueden revocar la visa de residencia temporal? ¿Por qué motivos?

La visa de residencia temporal puede ser revocada por distintos motivos, algunos de estos son:

  • Si la visa fue tramitada utilizando documentos falsos, adulterados o documentos a nombre de otra persona.
  • Si durante tu residencia en Chile utilizaste documentos falsos, adulterados o documentos a nombre de otra persona.
  • Si no cumples con la obligación de registrarte en Policía de Investigaciones después de obtener tu visa.

3.10. ¿Qué hago si mi visa vence?

Si tu visa está por vencer, podrás optar por tramitar la prórroga de la visa. Siempre y cuando tu visa haya tenido un año de duración. Si tu visa tuvo uno o dos años de duración, también podrás optar por tramitar la permanencia definitiva (revisar punto 3.5.)

Ambas alternativas puedes realizarlas siempre y cuando sea dentro de los 90 días antes del vencimiento de tu visa. Si tu visa ya venció, tendrás que abandonar el país y pagar una multa proporcional a la cantidad de días que permaneciste en el país con la visa vencida.

4. Tipos de visas, requisitos y procedimiento para obtenerlas

Existen diferentes tipos de visas temporarias dependiendo del motivo que tengas para entrar al país. En los siguientes puntos encontrarás un resumen que describe las funciones y facultades de cada visa temporaria.

4.1. Visa temporaria para extranjero vinculado con chileno

Esta visa podrán pedirla y tramitarla todas aquellas personas que sean hijo, padre, madre o cónyuge de chileno. Si cumples con los requisitos para tramitar esta visa, te permitirá residir en Chile y realizar cualquier actividad de forma legal, tales como trabajar.

4.2. Visa temporaria para hijo de extranjero transeúnte

Esta visa está pensada para aquellos hijos de padres extranjeros nacidos en Chile. Es importante considerar que esta visa es para aquellos extranjeros que están de paso. En el caso de los migrantes con sus papeles no regularizados, los hijos serán considerados chilenos y deberán ser inscritos en el registro civil.

4.3. Visa temporaria para ex residente

La visa temporaria para ex residentes se puede pedir en los siguientes dos casos:

  • Si eres extranjero ex residente de visa y tu residencia haya durado a lo menos un año y que estés regresando al país después de haber estado ausente no más de 5 años.
  • Si eres ex titular de Permanencia Definitiva, y esta fue revocada tácitamente por haber estado más de un año fuera de Chile.

Si resides en una gobernación provincial, tendrás que presentar los siguientes documentos y completar la solicitud para tramitar esta visa:

  • 2 fotocopias pasaporte vigente. Debe exhibir el pasaporte original.
  • 2 fotocopias de Tarjeta de Turismo vigente.
  • 2 fotografías recientes, tamaño carné (3x2 cm.)
  • Colombianos deben presentar Certificado de Antecedentes Judiciales vigente.
  • Peruanos deben presentar un Certificado Consular de Antecedentes Penales vigente, (obligatorio mayores de 18 años)  

4.4. Visa temporaria para extranjero vinculado a familiar que posee permanencia definitiva

Esta visa ésta dirigida a los extranjeros que tienen vínculo familiar con algún ciudadano extranjero que sea titular de un permiso de permanencia definitiva en Chile.

4.5. Visa temporaria para religiosos

La visa de residencia temporaria la pueden pedir los religiosos pertenecientes a iglesias, órdenes o congregaciones siempre y cuando estas congregaciones sean reconocidas en Chile. Por otro lado, el motivo de su visita debe desarrollar y contemplar actividades religiosas, docentes o asistenciales.

Si cumples con estos requisitos, podrás solicitar la visa de forma online presentando todos los siguientes documentos:

  • 2 fotocopias pasaporte vigente. Debe exhibir el pasaporte original.
  • 2 fotocopias de Tarjeta de Turismo vigente. 2 fotografías recientes, tamaño carné (3x2 cm.)
  • Colombianos deben presentar Certificado de Antecedentes Judiciales vigente.
  • Peruanos deben presentar un Certificado Consular de Antecedentes Penales vigente, (obligatorio mayores de 18 años)  

4.6. Visa temporaria para jubilados y rentistas

La visa temporaria para jubilados y rentistas ésta pensada para aquellos jubilados o rentistas que vengan a Chile por períodos superiores a los noventa días entregados en la visa de turismo. 

Si cumples con estos requisitos, podrás solicitar la visa de forma online presentando los documentos correspondientes.

4.7. Visa temporaria para inversionistas y comerciantes

Esta visa está pensada para empresarios, inversionistas, comerciantes o personas de negocios en general que quieran desarrollar actividades en el país. Siempre y cuando cuenten con las condiciones para desarrollar dichas actividades o intereses.

El período de la visita debe superar los noventa días entregados en la visa de turismo.

Si cumples con estos requisitos, podrás solicitar la visa de forma online presentando los siguientes documentos:

  • 2 fotocopias pasaporte vigente. Debe exhibir el pasaporte original.
  • 2 fotocopias de Tarjeta de Turismo vigente.
  • 2 fotografías recientes, tamaño carné (3x2 cm.)
  • Colombianos deben presentar Certificado de Antecedentes Judiciales vigente.
  • Peruanos deben presentar un Certificado Consular de Antecedentes Penales vigente, (obligatorio mayores de 18 años)  

4.8. Visa temporaria para profesionales, técnicos de nivel superior y profesionales de medios de comunicación.

Esta visa permite residir en el país y realizar cualquier actividad lícita a las siguientes personas:

  • Profesionales.
  • Técnicos de nivel superior.
  • Profesionales de medios de comunicación.
  • Personas que cuentan con un contrato de trabajo y serán pagados en el extranjero.

Los Técnicos de Nivel Superior, deberán certificar que la carrera cumple con un mínimo de 1.600 horas académicas. Si el título técnico no señala el número de horas cursadas, debes adjuntar un certificado de la Institución que acredite las horas debidamente legalizado.

Si cumples con estos requisitos, podrás solicitar la visa de forma online presentando  los documentos señalados a continuación: 

  • 2 fotocopias pasaporte vigente. Debe exhibir el pasaporte original.
  • 2 fotocopias de Tarjeta de Turismo vigente.
  • 2 fotografías recientes, tamaño carné (3x2 cm.)
  • Colombianos deben presentar Certificado de Antecedentes Judiciales vigente.
  • Peruanos deben presentar un Certificado Consular de Antecedentes Penales vigente, (obligatorio mayores de 18 años)  

4.9. Visa temporaria para embarazadas y tratamiento médico

Esta visa busca facilitar el acceso a los servicios de salud a las trabajadoras extranjeras que están embarazadas y residen en Chile. Las mujeres podrán tener una visa temporaria certificando que controlan su embarazo en el centro de salud que corresponde a su domicilio.

Esta visa también podrán pedirla aquellas mujeres embarazadas que vengan del extranjero a someterse a algún tipo de tratamiento en Chile.

Todas las mujeres embarazadas con tratamiento medico podrán solicitar la visa de forma online presentando los documentos señalados a continuación: 

  • 2 fotocopias pasaporte vigente. Debe exhibir el pasaporte original.
  • 2 fotocopias de Tarjeta de Turismo vigente.
  • 2 fotografías recientes, tamaño carné (3x2 cm.)
  • Colombianas deben presentar Certificado de Antecedentes Judiciales vigente.
  • Peruanas deben presentar un Certificado Consular de Antecedentes Penales vigente, (obligatorio mayores de 18 años)  

4.10. Visa “Acuerdo sobre residencia de los estados partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile”, nacionales de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay

Esta visa aparece gracias al principio de reciprocidad internacional. De acuerdo a esto, podrán obtener una visa de residente temporario los ciudadanos de:

  • Argentina
  • Brasil
  • Bolivia
  • Paraguay
  • Uruguay

La visa permite, independiente de la actividad que vengan a realizar, residir en Chile por un año, prorrogable por otro año más. Es importante destacar que para poder postular a esta visa no tengas antecedentes penales y/o delictivos.

Si cumples con estos requisitos, podrás solicitar la visa de forma online.

4.11. Visa temporaria por unión civil

La visa temporaria por unión civil está dirigida a las parejas unidas por vínculo civil. El vínculo pudo celebrarse en Chile o en el extranjero, independiente del sexo de los contrayentes.

4.12. Visa temporaria niños, niñas y adolescentes

Esta visa está destinada a menores de edad. Es importante mencionar que esta visa no es un beneficio que se extienda al grupo familiar. Es decir, si alguno de los familiares que está en Chile se encuentra en situación migratoria irregular, deberá realizar los trámites necesarios para solicitar y obtener el permiso de residencia que corresponda.

5. Nuevas visas a partir del 2018

Debido a la gran cantidad de migración producida los últimos años, se han creado nuevas visas que rigen desde el año 2018. La idea de estas visas es que todos los extranjeros que ingresen a través de este proceso, tengan su situación al día y su cédula de identidad lista al llegar a Chile.

Estas nuevas visas buscan distribuir la migración de mejor manera, por lo que cada visa tendrá una oferta específica para cada zona de Chile. Los extranjeros que opten a estas visas tendrán que acreditar sus conocimientos mediante validación, experiencia o carta de recomendación.

A continuación te contaré sobre cada una de las nuevas visas:

5.1. Visa de Orientación Nacional

La visa de orientación nacional es de carácter temporario. Tiene 1 año de duración y podrá ser prorrogable por un año más.

Pueden pedirla todos aquellos extranjeros profesionales que, durante los dos últimos años anteriores a la solicitud de visado, hayan obtenido un grado de magíster o doctorado otorgado por una universidad chilena acreditada.

Para pedir esta visa, el solicitante deberá:

  • Acreditar que cursó y aprobó el programa de magíster o doctorado a través de un certificado emitido por la universidad.
  • No contar con antecedentes penales en Chile ni en el país de origen.
  • Solicitar la visa en Chile ante el Departamento de Extranjería y Migración.

Es importante tener en cuenta que la visa de orientación nacional deberá tramitarse en Chile.

5.2. Visa de Orientación Internacional

La visa de orientación internacional es de carácter temporario. Es decir, tiene 1 año de duración y podrá aplazarse un año más.

Pueden solicitarla todos los extranjeros profesionales y titulados en alguna de las 200 mejores universidades del ranking de QS World University Rankings.

Para solicitar esta visa, deberás cumplir los siguientes requisitos:

  • Acreditar tu calidad de profesional y tu nivel académico mediante el título o certificado respectivo debidamente legalizado o apostillado.
  • Presentar certificado de antecedentes penales del país de origen o de residencia.
  • Presentar la solicitud de visado en el consulado chileno del país de origen.

5.3. Visa de Oportunidades

Esta visa está dirigida a trabajadores y emprendedores que quieran venir a trabajar a Chile. La forma de obtener esta visa será en base a un puntaje que se dará tomando en cuenta la formación educacional, edad, idioma, inversión y territorio.

El sistema de puntajes es un sistema distinto si eres trabajador o si eres emprendedor. De acuerdo a esto, cada ítem suma puntos, como el conocimiento del español suma puntos, dependiendo de la región a la que vayas a postular es el puntaje que tendrás.

Para solicitar esta visa debes:

  • Acreditar el conocimiento del idioma español para poder postular a esta visa.
  • Realizar la presentación de la solicitud de visado de oportunidades en el consulado chileno del país de origen o de residencia.
  • Presentar tu certificado de antecedentes penales de tu país de origen y/o residencia.

6. Visa de estudiante

La visa de estudiante le permite al extranjero venir a Chile a estudiar como alumno regular, a continuación te contaré más sobre esta visa y sus requisitos.

6.1. ¿A quién está dirigida?

La visa de estudiante está dirigida a extranjeros que viajan a Chile con el propósito de realizar estudios como alumno regular. Lo estudios se pueden realizar en establecimientos de enseñanza del Estado o particular. Siempre y cuando sean reconocidos por el Estado chileno.

6.2. ¿Cuáles son los requisitos para pedirla?

Los estudiantes que quieran solicitar esta visa deberán completar y entregar la solicitud de visa de estudiantes.

Para solicitar la visa deberás cumplir con los siguientes requisitos:

  • No becarios: certificado original de matrícula o certificado original de alumno regular. Acreditar fuente de ingresos que financian al estudiante.
  • Becarios: certificado original de matrícula o certificado original de alumno regular y certificado original de beca.
  • Alumno programa intercambio: certificado original del establecimiento institucional y acreditar fuente de ingresos.
  • Alumno en proceso de revalidación de título: certificado original del establecimiento institucional, acreditar fuente de ingresos.

6.3. ¿Es prorrogable la Visa de estudiante?

La visa de estudiante, por regla general, se entrega por el plazo de un año y es renovable hasta completar los estudios. En el caso de los estudiantes becados, la visa se podrá otorgar por el tiempo que dura la beca.

En el caso de que quieras aplazar tu visa, deberás solicitar la prórroga dentro de los 90 días antes del vencimiento de tu visa.

6.4. Si me cambio de institución de educación ¿Tengo que pedir una nueva visa?

No, en el caso de que te cambies de institución educacional no será necesario que pidas una visa nueva, la que ya tramitaste será suficiente.

6.5. ¿La Visa de estudiante me permite trabajar?

La visa de estudiante permite exclusivamente estudiar. Es decir, no se pueden realizar actividades remuneradas de ningún tipo con esta visa.

En algunos casos, podrás tramitar un permiso de trabajo con el fin de que puedas realizar tu práctica profesional correspondiente, o en casos excepcionales, con el fin de que puedas pagar tus estudios.

6.6. Si tengo visa sujeta a contrato o temporaria ¿Puedo estudiar?

Si tienes visa sujeta a contrato o temporaria, podrás solicitar un cambio de visa y pasar de la que tienes a una de estudiantes. Este cambio se debe pedir dentro de los 90 días antes de que se venza la visa que tienes.

Los requisitos para pedir este cambio son los mismos que vimos en el punto 6.2

6.7. Permiso de residencia de estudiante en etapa escolar

El programa "Por el derecho a la educación", entrega visa de residencia de estudiante a todos aquellos menores que estén matriculados en establecimientos educacionales reconocidos por el Estado chileno de forma definitiva o temporal.

7. Visa para tripulantes

La visa para tripulantes es un permiso específico que se entrega a los extranjeros tripulantes de naves, aeronaves o vehículos de transporte terrestre o ferroviario de empresas que se dediquen al transporte internacional de pasajeros o carga.

A continuación te contaremos todo lo que necesitas saber sobre este tipo de visa:

7.1. ¿A quién va dirigida esta visa y qué requisitos debe cumplir?

Esta visa está dirigida al personal extranjero que sea tripulante de los medios de transporte internacional, sin importar la nacionalidad que tengan.

Para solicitar esta visa solo tendrás que estar incluido en el respectivo rol de tripulantes o en la declaración general que se presenta a la autoridad de control.

7.2. ¿Qué es la tarjeta de tripulante?

La tarjeta de tripulante es un documento entregado por la autoridad de control de ingreso a los tripulantes extranjeros. En esta tarjeta se fija el tiempo de permanencia autorizada en el país, el cual no podrá superar los 30 días.

Esta tarjeta podrá ser entregada por las autoridades de control a los tripulante extranjeros que ingresen al país con el propósito de incorporarse a la tripulación con la que trabajan.

La tarjeta de tripulante será retirada por las autoridades de control cuando los tripulantes abandonen el país. En los casos de los tripulantes que realizan viajes frecuentes entre otros países y Chile, podrán mantener su tarjeta de tripulante.

7.3. ¿Es prorrogable la Visa para tripulantes?

Se podrá pedir la extensión en el Ministerio de Interior por un plazo mayor a 30 días y no superior a 6 meses en los siguientes casos:

  • Cuando los tripulantes extranjeros realizan viajes frecuentes entre otros países y Chile.
  • Cuando el tripulante debe continuar en el país por razones de enfermedad, accidentes u otras causas imprevistas
  • Cuando los medios de transporte no pueden salir del territorio nacional a causa de accidentes, reparación, mantención o por razones de fuerza mayor.
  • Cuando los medios de transporte se encuentran rezagados, o sea, no se pudo reembarcar por causas justificadas.

7.4. La tarjeta especial de tripulante

La tarjeta especial de tripulante es una autorización que se entrega a los tripulantes de medios de transporte marítimos que vienen a Chile a realizar trabajos y que cuentan con el permiso previo de la autoridad marítima respectiva.

Este permiso se podrá entregar por un plazo máximo de un año.

8. Otros Procedimientos

Tramitar una visa muchas veces viene con otros procedimientos que hay que realizar durante o después del resultado de la visa. Uno de estos procedimientos es la reconsideración de la visa que se da en aquellos casos en que la visa fue rechazada.

A continuación te contaremos de qué se trata y que se debe hacer en un caso como este:

8.1. La reconsideración de Visa

Debemos tener en cuenta que la solicitud de cualquier visa puede ser otorgada o rechazada. En el caso de que la solicitud sea rechazada, existe la opción de pedir una reconsideración. Para esto, habrá que acompañar la solicitud con nuevos antecedentes que permitan una revisión de los resultados dados por la autoridad.

8.2. Plazos y requisitos para la reconsideración de Visa

El plazo para interponer un recurso de reconsideración varía según el caso:

  • Si no cuentas con antecedentes nuevos, tienes 3 días para presentar el recurso desde que te llega la carta donde te informan el rechazo de la visa.
  • Si cuentas con antecedentes nuevos, no hay plazo para interponer el recurso.

En caso de que hayan rechazado tu solicitud, deberás cumplir los siguientes requisitos para presentar la reconsideración:

  • Formulario de solicitud.
  • Fotocopia de su pasaporte.
  • Copia de la Resolución que rechazó la solicitud de visa y de la carta que lo notifica.
  • Cualquier documentación específica nueva que no haya sido presentada anteriormente, como por ejemplo: contrato de trabajo, si contrajo vínculo con chileno, etc.

Después de interponer un recurso de reconsideración, tu primera solicitud quedará pausada, por lo que no deberás abandonar el país hasta saber la resolución de la reconsideración.

8.3. ¿Qué es el traspaso de Visa?

En el caso de que venza o pierdas tu pasaporte con el permiso de residencia vigente en él, tendrás que pedir el traspaso de este permiso de residencia al nuevo pasaporte.

Los requisitos para pedir este traspaso son:

  • Carta simple dirigida al jefe de extranjería y migración, solicitando el traspaso de la visa.
  • Fotocopia del pasaporte antiguo con el estampado de visa.
  • En caso de robo del pasaporte, tienes que presentar copia de la denuncia hecha en Carabineros de Chile
  • En caso de se te haya perdido el pasaporte, tendrás que presentar una Declaración Jurada ante Notario señalando la pérdida
  • Fotocopia de la Cédula de Identidad
  • Certificado de Registro de la última visa emitido por Policía Internacional
  • Pasaporte Nuevo en Original y Fotocopia
  • Si es visa sujeta a contrato tienes que presentar el certificado de vigencia del contrato, emitido por el empleador y firmado ante notario.
  • Si es visa consular deberás presentar el certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y la copia del contrato de trabajo presentado en el consulado chileno si es visa sujeta a contrato.

8.4. Cédula de identidad para extranjeros

Para obtener tu cédula de identidad deberás dirigirte la oficina ubicada en la calle Huérfanos 1570.

Por el contrario, si te encuentras en otra región del país, debes dirigirte a una oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación. Una vez en la oficina deberás acercarte a uno de los módulos de atención, hacer la solicitud, seguir las instrucciones del funcionario y pagar el valor del documento ($4270).

En un plazo de 18 días hábiles, deberás acercarte a la misma oficina en donde hiciste la solicitud y podrás retirar tu carnet y el comprobante correspondiente.

9. Visto de turismo consular

El visto de turismo lo deben tramitar todas las personas que vienen a Chile desde países con lo que no tenemos relaciones diplomáticas. Es muy importante contar con este visto para poder ingresar al país. A continuación te contaremos todo lo que necesitas saber sobre este trámite.

9.1. ¿Quién lo otorga?

El visto de turismo se pide en el consulado chileno del país de origen o de residencia de la persona que quiere viajar a Chile, y es otorgado por el cónsul en conjunto con el Ministerio de Relaciones Exteriores.

9.2. ¿Quiénes deben solicitarlo y cuáles son los requisitos?

Como mencioné en el punto 9, este visto debe ser tramitado por todas aquellas personas que quieren venir a Chile y su país de origen no corresponde a los países con los que tenemos relaciones diplomáticas.

Para saber si tu necesitas un visto de turismo, consulta en el consulado de tu país.

Los requisitos para tramitar el visto de turismo son:

  • Motivo del viaje.
  • Duración de la visita.
  • Fecha en que se hará realizará.
  • Deberás contar con pasajes de salida de Chile hacia tu país de origen o hacia otro país. Si tienes pasajes de salida hacia otro país, tienes que contar con autorización para ingresar a este país.
  • Acreditar solvencia económica

9.3. ¿Puedo trabajar con este permiso?

No, el visto de turismo es solo para realizar actividades de turista no remuneradas.

9.4. ¿Cuánto tiempo puedo estar en Chile con este visto?

El visto de turismo te permite estar 90 días en el país con la posibilidad de extender su estadía por 90 días más.

9.5. ¿Se debe pagar algo por obtener este visto?

Si, hay que pagar por obtener el visto, el valor de este te lo darán en el consulado chileno de tu país de origen.

10. Visa consular de turismo simple Haití

La visa consular de turismo simple es una visa nueva que se le pide a los haitianos que quieran venir a Chile con fines de recreación, deportivos, de salud, de estudios, de gestiones de negocios, familiares, religiosos u otros similares.

Como esta visa es nueva, hay muchas dudas sobre cómo funciona, dónde se pide, etc. A continuación te ayudaré a resolver estas dudas.

10.1. ¿Desde cuándo se empezó a exigir?

La visa consular de turismo simple para haitianos se empezó a exigir el 16 abril del año 2018.

10.2. ¿Dónde se tramita esta visa?

Como lo señala su nombre, la visa consular de turismo simple para haitianos se debe solicitar en el consulado de Chile en Haití ubicado en Puerto Príncipe.

10.3. ¿Cuáles son los requisitos para obtenerla?

Los documentos que se piden para tramitar esta visa son:

  • Pasaporte vigente por el período de estadía.
  • Certificado de antecedentes legalizado con vigencia de 90 días.
  • Reserva de hotel o carta de invitación.
  • Acreditación de solvencia económica.
  • Copia de pasajes comprados ida y vuelta.

10.4. ¿Cuál es la vigencia?

La visa consular de turismo para haitianos se entrega por un plazo de 30 días.

10.5. ¿Puedo trabajar con esta visa?

Todas las personas procedentes de Haití que vengan a Chile como turistas con su visa consular emitida en Haití, no podrán cambiar esta visa ni su estado de turista.

Si en esos 30 días que estás en Chile con visa de turista te ofrecen trabajo con contrato, puedes postular a la visa como profesional sujeto a contrato.

Pero si tu plan es venir a Chile a buscar trabajo, lo mejor que puedes hacer es postular a la visa de oportunidades o de orientación internacional desde tu país.

11. Nueva Visa humanitaria de reunificación familiar Haití

Para contribuir a la reunificación familiar, el Gobierno de Chile establecerá un visado con fines humanitarios que tendrá las siguientes características:

  • Plazo de 12 meses.
  • Prorrogable por una sola vez.
  • Posibilitará solicitar posteriormente la Residencia Definitiva.

11.1. ¿Quién la puede solicitar?

Esta visa podrá ser solicitada por cónyuges, convivientes civiles, hijos menores de edad e hijos mayores que estudien hasta los 24 años, siempre y cuando no tengan antecedentes penales.

11.2. ¿Dónde se tramita esta visa?

Al igual que la visa consular de turismo simple, la visa humanitaria de reunificación familiar se debe pedir en el consulado de Chile en Haití que se encuentra en Puerto Príncipe.

11.3. ¿Cuál es el procedimiento y requisitos para solicitarla?

Si te encuentras en Haití y deseas tener esta visa, deberás recibir por parte de un ciudadano haitiano que tenga residencia temporaria o definitiva en Chile los siguientes documentos:

  • Carta de solicitud de reunificación familiar notariada.
  • Fotocopia notariada de su cédula de identidad para extranjeros vigente.

Después de recibir la carta, deberás contactarte con la Organización Internacional para las Migraciones ubicada en Puerto Príncipe. Una vez allí, deberás presentar los siguientes documentos:

  • Pasaporte vigente.
  • Certificado de Antecedentes legalizado con una vigencia de 90 días.
  • Acreditación de vínculo familiar con ciudadano haitiano residente en Chile debidamente legalizado.

11.4. ¿Desde cuándo puedo postular a esta visa?

Esta modalidad de visa está disponible a contar del 2 de julio de 2018.

11.5. ¿Tiene algún costo la visa?

Sí, la visa tendrá un costo de 25 dólares americanos.

12. Visa temporaria de responsabilidad democrática Venezuela

Es una visa que se creó tras la crisis democrática que actualmente sufre Venezuela. Esta visa te permite obtener una visa de residencia temporal. A continuación te contaré cómo funciona esta visa.

12.1. ¿Desde cuándo se puede solicitar esta visa?

Esta visa comienza a regir desde Abril del 2018.

12.2. ¿Dónde se deberá solicitar?

La visa temporaria de responsabilidad democrática para venezolanos solo puede ser solicitada en Venezuela. Deber ser tramitada y otorgada por el Consulado de Chile en Puerto Ordaz y por el Consulado General de Chile en Caracas.

De acuerdo a esto, la visa no será tramitada ni otorgada en Chile. Tampoco en otros consulados en el exterior.

12.3. ¿Cuáles son los requisitos?

Los requisitos para postular a esta visa son los siguientes:

  • Certificado de antecedentes penales debidamente apostillado por el Ministerio del Poder Popular de Relaciones Exteriores (tres meses de vigencia). Los menores de edad no tendrán que presentar este certificado.
  • Pasaporte vigente al momento de realizar la postulación.
  • Foto a color 5x5 con fondo blanco.
  • Acta de nacimiento cuando se trate de solicitudes de menores de edad.

12.4. ¿Cuánto demora el trámite hasta obtener la visa?

El tiempo que demora tramitar la visa depende de múltiples factores. Entre ellos, el tiempo que toma la revisión de los antecedentes, la cantidad de solicitudes que existan, la capacidad funcionaria del Consulado General para la tramitación de las visas, entre otros.

12.5. ¿Cuál es la vigencia de esta visa?

La visa es entregada por un período de un año.

12.6. ¿Se debe pagar algo por obtener esta visa?

En el caso de que tu solicitud sea aprobada, debes efectuar el pago de la visa cuyo costo es de US$30. El pago de la visa es por persona, incluyendo menores de edad.

12.7. ¿Es prorrogable?

Sí, esta visa es prorrogable por el mismo período, es decir, un año más. Una vez que cumples con la prórroga podrás solicitar la permanencia definitiva.

13. Permanencia definitiva

La Permanencia Definitiva es un permiso que se les da a los extranjeros que permite vivir en Chile indefinidamente. De acuerdo a esto, las personas que obtengan la permanencia definitiva podrán desarrollar cualquier actividad lícita en el país.

Es importante tener en cuenta que para pedir la permanencia definitiva, debes cumplir con ciertos requisitos. En los siguientes puntos sabrás cómo pedir esta visa y qué requisitos necesitas para poder pedirla.

13.1. ¿Quiénes pueden solicitar la permanencia definitiva en Chile?

Esto dependerá de la visa que tengas antes de solicitar la permanencia definitiva:

  • Visa de residente: el titular y dependientes que tengan vigente una visa de residente. Siempre y cuando no hayan permanecido más de 180 días fuera del país durante el último año de visado.
  • Visa sujeta a contrato: el titular y sus dependientes podrán optar a la permanencia definitiva. Siempre y cuando lleven al menos dos años con este permiso.
  • Visas temporarias: el titular y sus dependientes podrán optar a la permanencia definitiva. Siempre y cuando lleven al menos un año con este permiso.
  • Visa de estudiante: el titular podrá optar a la permanencia definitiva. Siempre y cuando lleven al menos dos años con este permiso, además de acreditar la obtención del título o licencia de Enseñanza Media cursados en Chile.
  • Visa temporaria de responsabilidad democrática para venezolanos: el titular y sus dependientes podrán optar a la permanencia definitiva. Siempre y cuando lleven al menos dos años con este permiso.

13.2. Requisitos, valores y plazos para la obtención de la residencia definitiva

Los requisitos para optar a la permanencia definitiva son:

  • Enviar la solicitud dentro de los últimos 90 días de vigencia de la visa que posees.
  • Acreditar alguna actividad que te permita mantenerte en Chile.
  • Ser titular de un permiso de residencia temporal en el país.

El valor del trámite para pedir la permanencia definitiva está entre los $75.000 pesos chilenos. Los cónyuges de chileno(a) y menores de edad no pagan.

Respecto del plazo, la Solicitud de Permanencia Definitiva debe ser enviada por correo postal, dentro de los 90 días anteriores al vencimiento de tu actual visa.

13.3. Pasos a seguir luego de obtener la permanencia

Es importante tener en cuenta que después de tener tu permanencia debes registrarla dentro de los 30 días siguientes para que esta sea válida. Recuerda que este paso no es automático y que deberás hacerlo tu mismo.

Para registrar tu permanencia definitiva debes ir a policía internacional y presentar:

  • Pasaporte vigente.
  • Certificado de Permanencia Definitiva.

Para tener la cédula de identidad para extranjeros, tienes que ir a la oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación más cercana. Para esto tienes que llevar:

  • Pasaporte vigente.
  • Tarjeta de registro en Policía Internacional.
  • Tu certificado de permanencia definitiva.

13.4. ¿Puedo perder mi permanencia si viajo fuera de Chile?

Si, es posible perder la permanencia si viajas fuera de Chile siempre y cuando el viaje tenga una duración de un año o más. O sea, la permanencia es tácitamente revocada cuando estas 1 año fuera del país de forma ininterrumpida.

13.5. ¿Puedo pedir una prórroga si me doy cuenta que estaré más de un año fuera del país?

En el caso de que vayas a viajar por más de un año, podrás pedir una prórroga para que la permanencia no sea revocada. Esta prórroga la puedes pedir en el consulado chileno del país donde te encuentres. Podrás obtener la prórroga siempre y cuando sea por uno de los siguientes motivos:

  • Razones de estudio.
  • Debido a enfermedad.
  • Otra causa justificada que te impida retornar a Chile dentro del año.

La constancia de esto se debe estampar en el Certificado de Permanencia Definitiva. Esta prórroga tienes que solicitarla dentro de los 60 días anteriores a su vencimiento. Es importante tener en cuenta que sólo te podrán conceder 4 prórrogas del permiso de Permanencia Definitiva, en forma sucesiva y con 1 año de validez cada una.

13.6. ¿Me pueden revocar la permanencia definitiva?

Sí, existen distintas causales por las que te podrían anular la permanencia, estas son:

  • Por revocación tácita. Es decir, por permanecer fuera del país por más de un año ininterrumpido sin solicitar prórroga.
  • Tener una condena por crimen o simple delito.
  • Mentir en la solicitud de permisos.
  • Incumplimiento de obligaciones tributarias.

13.7. ¿Qué hago si extravío mi Certificado de Permanencia Definitiva?

El certificado de permanencia definitiva es uno de los documentos que necesitarás para obtener la nacionalidad chilena.

En el caso de que pierdas el certificado, tendrás que pedir un duplicado.

Para esto tendrás que presentar el formulario y los documentos necesarios que son:

  • Fotocopia carnet identidad.
  • Fotocopia constancia perdida certificado.
  • Certificado de vigencia de permanencia definitiva que te entrega la PDI.

El trámite para pedir el duplicado del certificado demora aproximadamente 60 días.

13.8. ¿Qué hago en caso que me rechacen la solicitud de permanencia definitiva?

Podrás pedir una reconsideración o apelación en el caso de que rechacen tu solicitud. En este caso, deberás acompañar tu apelación con nuevos antecedentes que den la opción de revisar el caso ya resuelto.

Es importante que tengas en cuenta que la apelación debes pedirla dentro de los tres días siguientes a la notificación de la resolución de rechazo y se podrá pedir solo una vez.

14. Situaciones y requisitos especiales

Existen muchas preguntas al momento de tramitar una visa o permiso de residencia.  A continuación te dejamos las dudas más frecuentes entre nuestros clientes.

14.1. Si tengo nacionalidad colombiana, peruana o dominicana ¿Tengo que presentar algún papel especial?

Si eres de Colombia, Perú o de República Dominicana, deberás presentar los siguientes documentos dependiendo de tu país de origen:

  • Colombia: tienes que presentar un Certificado de Antecedentes Judiciales vigente y totalmente tramitado.
  • Perú: tienes que presentar un Certificado Consular de Antecedentes Penales vigente solicitado en su consulado.
  • República Dominicana: tienes que presentar el certificado de No Antecedentes Penales vigente, obtenido en el Consulado de la República Dominicana en Chile.

Este documento será necesario para tramitar cualquiera de las visas que revisamos en los puntos anteriores.

14.2. Si me cambio de domicilio ¿Lo tengo que informar?

Todo extranjero viviendo en Chile deberá informar si cambia de domicilio. Esto tienes que hacerlo en las oficinas de Policía de Investigaciones.

14.3. ¿Puedo solicitar algún tipo de visa desde el extranjero?

Sí, desde el año 2018 todas las visas que revisamos en este artículo podrán ser solicitadas en el extranjero, y muchas de ellas sólo podrán ser solicitadas en el extranjero. Esto se hace a través del consulado chileno en el país de origen.

14.4. Migraciones durante el contexto del COVID-19

Durante el contexto de pandemia a causa del COVID-19, han surgido innumerables situaciones excepcionales que requieren ser atendidas.

Esto no ha sido diferente para el caso de todos los migrantes que han tenido que lidiar con la burocracia del departamento de Extranjería y migraciones de Chile durante estos tiempos.

Aquí preparamos una serie de preguntas y respuestas para diversas situaciones que han cambiado durante el contexto de la pandemia en migraciones.



Conclusiones

Espero que te haya gustado este artículo sobre todos los tipos de Visa en Chile y cómo obtenerla legalmente.

Durante 2021 han cambiado muchas cosas con respecto a estos procedimientos, gracias a la reforma migratoria. Por lo tanto mi consejo es que mantengas la atención a las nuevas actualizaciones que se esperan en adelante y que estaremos cubriendo aquí en MisAbogados.


Contenido escrito y editado por: Fernanda Correa González - Abogada especialista en extranjería y migraciones.