En este artículo te explicaré cómo se ha regulado en Chile la actividad de los bomberos, cuáles son sus funciones y cómo se financian; entre otras cosas.
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En cada comuna o agrupación de comunas debe existir solamente un cuerpo de Bomberos, que debe estar integrado por compañías y brigadas. Los cuerpos de bomberos son supervisados por la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile. Los cuerpos de bomberos y la Junta Nacional forman el Sistema Nacional de Bomberos, que se considera servicio de utilidad pública (www.bomberos.cl).
Al ser bombero, las funciones son las de atender, gratuita y voluntariamente, las emergencias causadas por la naturaleza o el ser humano, tales como incendios, accidentes de tránsito u otras. Además, dentro de las funciones del Sistema Nacional de Bomberos se contempla que entreguen asesoría en temas de su competencia a organismos públicos y privados. Esta asesoría puede ser gratuita o remunerada. Además, todas las empresas e instituciones del país, públicas o privadas, que tengan la obligación de contar con planes de emergencia contra incendios, deben coordinarse con el cuerpo de Bomberos de su respectiva comuna.
Los cuerpos de Bomberos se financian principalmente con fondos estatales, otorgados a través de las leyes de presupuesto de cada año. Además se contemplan las siguientes formas adicionales de financiamiento:
Como los bomberos se encuentran financiados principalmente a través de la Ley de Presupuesto, la Junta Nacional de Bomberos y los cuerpos de Bomberos deben rendir cuenta de lo fondos que se les entregan. Esta cuenta debe hacerse ante la Subsecretaría del Interior o ante las intendencias y gobernaciones que correspondan.
Sí, los cuerpos de Bomberos pueden tener personalidad jurídica. Para esto, además de su solicitud, tienen que entregar un informe técnico favorable de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, en el que se acredite que se cumplen los siguientes requisitos mínimos:
En caso de catástrofes naturales como un sismo, inundación u otro desastre natural que afecte a una o más regiones del país, la Junta Nacional debe asumir la coordinación del desplazamiento de los cuerpos de Bomberos que se requieran hacia las zonas afectadas, y aportar los medios necesarios para ello. Lo mismo en caso de que el Gobierno o sus organismos soliciten el envío de bomberos al extranjero para apoyo de otros países.
El Registro Nacional de Bomberos Voluntarios es un registro actualizado de cada uno de los integrantes que componen los diferentes cuerpos de bombero. La inscripción en este registro es obligatoria para acceder a los beneficios que las leyes contemplen a favor de los bomberos.
Además, existe un Registro Nacional de Vehículos de Bomberos y un Registro Nacional de Estadísticas de Servicio. En este último los cuerpos de Bomberos deben ingresar trimestralmente la información sobre actos de servicio en los cuales hayan participado.
Los tres registros están a cargo de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.
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