¿Se puede modificar un testamento?

Escrito por Raimundo Valdivieso | Publicado el 22 de febrero 2016 | Herencias

Testamento
Fecha de última edición: 13 de enero 2021

En el siguiente artículo te explicaré si es posible modificar un testamento, en qué consiste este procedimiento y cómo debe realizarse.

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¿Qué tipos de testamentos existen?

Antes que todo es necesario que te digamos que tipos de testamento puedes constituir, esto son:

  • Testamento Solemne (abierto o cerrado).
  • Menos solemne (verbal, militar y marítimo).

¿Todos los testamentos son modificables?

Sí, todos los testamentos pueden estar sujetos a modificaciones.

¿Cómo se denominan estas modificaciones?

Estas modificaciones también pueden ser conocidas como revocaciones, y pueden ser totales o parciales. Es decir, puedes revocar (dejar sin efecto) algunas disposiciones de tu testamento, o el testamento completo y dejar uno nuevo. Es importante que tengas en cuenta que cualquier modificación deberás hacerla mientras vivas. 

¿Cómo se realiza una revocación?

Para realizar una revocación deberás:

  1. Distinguir primero si es expresa o tacita. Nos encontraremos frente al primer caso si es que haces un testamento que sea posterior al primero que has realizado, y este nuevo testamento puede modificar todo lo dispuesto en el anterior o solo algunas disposiciones. En cambio, una revocación tacita es aquella en que se otorga un testamento posterior pero no se deroga expresamente el anterior.
  2. Por ultimo, hay una revocación presunta, la cual consiste en que se deduce de la conducta del testador su voluntad de que el testamento otorgado quede sin efecto.
  3. De este modo, se presume revocado el testamento cerrado que aparezca en el domicilio del testador con las cubiertas rotas o los sellos quebrantados, o borradas, raspadas o enmendadas las firmas que lo autoricen.

¿Cuáles son los efectos de la revocación de un testamento?

Estas modificaciones o revocación del testamento, tiene como consecuencia: que el testamento modificado o revocado quede sin efecto, o que queden sin efecto ciertas disposiciones de este rigiendo así la sucesión el nuevo testamento en caso de contener cláusulas testamentarias al respecto; el nuevo y el antiguo en lo que sean compatibles si es que la revocación es parcial, o se abra la sucesión intestada, en su caso, total o parcialmente.

¿Si revoco el segundo testamento, vuelve a valer el primero?

Sólo en el caso en que así lo establezcas.

¿Todo es revocable en un testamento?

No, hay cláusulas irrevocables que son aquellas cláusulas contenidas en un testamento que no pueden revocarse con otro posterior. La principal cláusula irrevocable es el reconocimiento de un hijo, si se hizo en un testamento anterior.

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autor Raimundo Valdivieso
Por Raimundo Valdivieso
Abogado UDP - Master Business Law y Experto Civil

Titulado con distinción de la Universidad Diego Portales, en Santiago de Chile. Trabajó en Caglevic, Delgado, Ramírez & Feres Abogados (CDR Abogados), Toro Cruzat y Cía (TyC Abogados) -ahora llamado Sandoval, Seoane y Compañía- y Acevedo, Allende y Mujica (AAM Abogados) en las áreas de Derecho Corporativo, Civil e Inmobiliario. Parte del Curso Extensivo de Derecho Inmobiliario y Urbanístico de la Universidad del Desarrollo y Master of Business Law (MBL) de la Universidad Adolfo Ibáñez. Dentro de los cursos realizados en el MBL se encuentra: Entorno económico (macroeconomía); estructura jurídica (sociedades); tributación corporativa; finanzas corporativas y contabilidad financiera; estructura laboral; adquisición de empresas (m&a); microeconomía; ética de los negocios; libre competencia; empresas reguladas, derecho del consumidor; competencia desleal; propiedad intelectual (derechos de autor y propiedad industrial); comercio exterior y compraventa internacional. Desde 2016 es abogado y asesor estratégico de Misabogados.com Raimundo disfruta de andar en bicicleta, snowboard, kitesurfing, trekking y viajar.

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