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¿Qué tipos de contratos laborales existen?

Escrito por Raimundo Valdivieso | 24 de noviembre 2014

En el siguiente artículo te explicaré todo lo relacionado a los distintos tipos de contrato que existen en nuestra legislación, su clasificación y una breve referencia a cada uno de ellos. Si bien es un tanto técnico el contenido, ayuda mucho a entender los tipos de contratos que se pueden celebrar en nuestro país.

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¿Qué tipos de contratos existen?

Contratos unilaterales y bilaterales:

  • Contrato unilateral: en este contrato la obligación nace para una sola de las partes, uno de los contratantes es acreedor y el otro deudor, esto ocurre por ejemplo en la donación, mutuo, depósito, prenda, comodato, etc.
  • Contrato bilateral o sinalagmático: aquí ambas partes contraen obligaciones, siendo dichas obligaciones interdependientes entre las partes. Por ejemplo el contrato de la compraventa, donde vendedor tiene, entre otras obligaciones, hacer la entrega de la cosa vendida y el comprado tiene, entre otras obligaciones, la de pagar el precio de la cosa comprada.
  • Contratos sinalagmáticos imperfectos: se llaman así a aquellos que en su nacimiento son unilaterales (cuando se establece, solo una de las partes contrae obligaciones) pero en el curso del mismo pueden surgir obligaciones para la otra parte.

Contratos gratuitos y onerosos:

  • Contrato gratuito: en este tipo de contratos, solamente una de las partes contratantes obtiene ventajas.
  • Contrato oneroso: el contrato oneroso puede ser conmutativo o aleatorio. Es oneroso conmutativo cuando una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa que se mira como equivalente a lo que la otra parte debe dar o hacer a su vez; y es oneroso aleatorio si el equivalente consiste en una contingencia incierta de ganancia o pérdida.

Contratos reales, consensuales y solemne:

  • Contrato real: es el tipo de contrato que comienza a tener efecto con la entrega de la cosa.
  • Contrato consensual: corresponde a los contratos que comienzan a tener efecto cuando existe el consentimiento de las partes.
  • Contrato solemne: es aquel contrato que está sujeto al cumplimiento de ciertas formalidades para que empiece a cumplir efectos. Por ejemplo, el contrato de compraventa de un inmueble debe hacerse por escritura pública para que esté perfeccionado.

Contratos principales y accesorios:

  • Contrato principal: un contrato principal es el que existe por sí solo, sin la necesidad de otro.
  • Contrato accesorio: este tipo de contrato es aquel que accede a uno principal y no existe por sí solo, depende de otro. Esto ocurre por ejemplo en los contratos de garantía, como el de hipoteca, que tienen por finalidad garantizar el pago de un crédito.

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