El concepto de reorganización patrimonial puede parecer muy amplio, y es por eso que en este artículo lo acotaremos a las nuevas disposiciones de liquidación, explicándote cuándo una empresa puede reorganizar su patrimonio y cuáles son los pasos a seguir para hacer eso.
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¿Qué es la reorganización?
Al hablar de reorganización nos referimos a buscar la conservación de las empresas como unidades productivas, lo que les permitiría mantener el giro y seguir dando empleo. Entonces sobre la reorganización nos referimos a un fin, a evitar que la empresa desaparezca y conserve su unidad productiva reorganizando el patrimonio, buscando que pague sus deudas y siga adelante.
¿Cuál es el objetivo de la reorganización?
El objetivo final es lograr la reestructuración de una empresa viable mediante el acuerdo entre el deudor y sus acreedores. Se fija un plazo máximo de cuatro meses.
¿Cómo debo pedir la reorganización?
En estos casos deberás acudir ante los tribunales civiles, son de competencia del juzgado de letras (civiles o de competencia común) correspondientes al domicilio del deudor. Se privilegiará por los tribunales que tengan capacitación en este tipo de procedimientos concursales y de liquidación.
¿Es la reorganización un procedimiento concursal?
Sí, la reorganización es uno de los nuevos procedimientos concursales de la nueva ley de quiebras. Estos se aplican a las empresas y a las personas naturales (personas individuales que no son empresas). Mediante procedimientos especiales, se ofrece una salida para los diferentes tipos de deudores, ya sean micro, pequeños, medianos o grandes empresas o personas jurídicas sin fines de lucro o personas naturales. Los procedimientos concursales buscan equilibrar los derechos de los deudores con los de los acreedores y ofrecen a ambas partes garantías para resolver los conflictos.
¿Qué es el veedor?
En estos procedimientos habrá que nombrar a un veedor, un experto con habilidades de negociación, encargado de facilitar los acuerdos de reorganización.
¿Qué ventaja tiene la reorganización?
La reorganización, y los procedimientos concursales en general tienen la ventaja de quitar el estigma de lo que era estar “en quiebra” otorgando posibilidades de re emprendimiento, además, se eliminan las presunciones de que la quiebra siempre es fraudulenta, ya que se redefinen tipos penales específicos (delitos) que pueden ocurrir en el marco del convenio judicial se incluye entre los posibles condenados a los administradores de hecho, como gerentes y directores.
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