¿Qué es la indemnización de perjuicios por error judicial?

Escrito por Juan José Rentería | Publicado el 24 de noviembre 2014 | Indemnización de perjuicios

Generales-Tribunal-Ambiental-2-1024x671-Copy-540x350 (1)
Fecha de última edición: 8 de julio 2022

La indemnización de perjuicios por error judicial es, en pocas palabras, el derecho a indemnización que tiene toda persona tras ser acusada de forma arbitraria o errónea.

Para reclamar esta situación, nuestra Constitución Política contempla una acción de indemnización de perjuicios por error judicial. En el siguiente artículo te explicaré detalladamente en qué consiste esta indemnización, que requisitos se deberán cumplir para reclamarla y quién determina la indemnización.


¿En qué consiste la acción constitucional de indemnización de perjuicios por error judicial?

Según nuestra constitución, la acción constitucional de indemnización de perjuicios por error judicial, es el derecho a indemnización que tiene toda persona que ha sido sometida a proceso o condenada por la Corte Suprema de forma injustificada, errónea o arbitraria. En otras palabras, es la indemnización de los perjuicios patrimoniales y morales que tiene una persona por derecho tras ser acusada incorrectamente.

¿Quién determina la indemnización?

La indemnización será determinada judicialmente en procedimiento breve y sumario y en él la prueba se apreciará en conciencia.

Requisitos de procedencia de la acción de indemnización de perjuicios por error judicial

Para que pueda existir este tipo de indemnización se necesita cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Que haya un proceso de carácter penal
  2. Que el inculpado o imputado, hay sido sometido a proceso o condenado, aunque no haya sido privado de la libertad, en cualquier instancia y por resolución firme o ejecutoriada. Así, el fundamento de esta acción es el sometimiento a proceso o la condena de una persona inocente; del análisis de este requisito se desprende:
  3. Que se excluye, la citación, la detención y el arresto, pues exige que haya condena o sometimiento a proceso.
  4. La condena puede haber ocurrido en cualquier instancia.
  5. No debe confundirse el problema de la libertad con el sometimiento a proceso o la condena; es evidente que quien haya estado privado de libertad tiene un mayor derecho para exigir indemnización. Pero si no ha habido privación de libertad, también corresponde indemnizar.
  6. Que exista una resolución definitiva y que ya no se pueda volver a inculpar al la persona.
  7. Que la Corte Suprema declare que el proceso o condena fue consecuencia de una sentencia injustificadamente equivocada o arbitraria.

Características de la responsabilidad por error judicial

La responsabilidad por error judicial tiene, entre otras, las siguientes características:

  • Es una responsabilidad del Estado.
  • Es una responsabilidad por error judicial y no por actos u omisiones de personas particulares o de autoridades políticas o administrativas.
  • Es una responsabilidad objetiva, pues no requiere dolo o culpa.
  • Abarca los perjuicios morales y patrimoniales.

autor Juan José Rentería
Por Juan José Rentería
Abogado UDP. Gerente General de MisAbogados

Diplomado en Derecho Laboral el 2011 en la Universidad Diego Portales, se desempeñó 4 años como Gerente Legal para Groupon Latinoamérica, donde coordinó los equipos de Argentina, Perú, Colombia, Puerto Rico, México, Panamá y Chile, supervisando todos los requerimientos legales en la región junto a las firmas de abogados externas y el equipo legal interno. Juan José cuenta con amplia experiencia en negociación de contratos con anunciantes y proveedores de diversos servicios en Latino América, como también en Desarrollo de políticas de RRHH, asesoría a niveles ejecutivos, redacción de documentos claves y soluciones legales a nivel regional. Desde el 2014 hasta la actualidad es Co-Fundador, Gerente General y Abogado Jefe de MisAbogados.

Comentarios