¿Qué es el Subsidio al Empleo Joven?

Escrito por Juan José Rentería | Publicado el 07 de octubre 2016 | Derecho laboral

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Fecha de última edición: 28 de marzo 2022

El Subsidio al Empleo Joven, SEJ, es un aporte monetario otorgado por el Estado para mejorar el sueldo de los trabajadores y trabajadoras entre 18 años y 24 años 10 meses de edad, que perciben bajos salarios (es decir, que pertenecen al 40% más vulnerable de la población). El beneficio apoya además a quienes los contratan (sus empleadores).

Es importante saber que el Subsidio al Empleo Joven se mantiene en la medida que sigas teniendo entre 18 y menos de 25 años de edad, y tu remuneración no supere el límite legal establecido y no trabaje en una institución del Estado o en una empresa con aporte estatal superior al 50%.

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¿Quiénes pueden postular al subsidio al empleo joven?

  1. Trabajadores que tengan entre 18 y menos de 25 años de edad, que estén trabajando de manera dependiente o independiente, y que:
    1. Integren un grupo familiar perteneciente al 40% de menores ingresos o mayor vulnerabilidad socioeconómica, según Registro Social de Hogares.
    2. Acrediten una Renta Bruta Anual inferior a $5.284.532 (impuesto incluido) o una Renta Bruta Mensual inferior de $440.378.
    3. Tengan al día el pago de las cotizaciones previsionales y de salud.
    4. No trabajen en una institución del Estado o en una empresa con aporte estatal superior al 50%.
    5. El/la trabajador/a que cumpla o tenga 21 años deberá tener Licencia de Educación Media al momento de acceder al subsidio (art. 11 ley 20.338).
    6. Los trabajadores independientes deberán acreditar rentas señaladas en el N° 2 del artículo 42 de la Ley de Impuesto a la Renta en el año calendario en que solicita el beneficio y tener al día el pago de sus cotizaciones obligatorias de pensiones y de salud del año calendario indicado.
  2. Empleadores/as, por sus trabajadores/as dependientes de entre 18 y menos de 25 años de edad regidos por el Código del Trabajo, que:
    1. Integren un grupo familiar perteneciente al 40% de menores ingresos o mayor vulnerabilidad socioeconómica, según Registro Social de Hogares.
    2. Acrediten una Renta Bruta Anual inferior a $5.284.532 (impuesto incluido) o una Renta Bruta Mensual inferior de $440.378.
    3. Tengan al día el pago de las cotizaciones previsionales y de salud.
    4. No trabajen en una institución del Estado o en una empresa con aporte estatal superior al 50%.

Si tienes problemas con este tema u otro similar, escríbenos aquí y un abogado de nuestro equipo se pondrá en contacto contigo a la brevedad.


autor Juan José Rentería
Por Juan José Rentería
Abogado UDP. Gerente General de MisAbogados

Diplomado en Derecho Laboral el 2011 en la Universidad Diego Portales, se desempeñó 4 años como Gerente Legal para Groupon Latinoamérica, donde coordinó los equipos de Argentina, Perú, Colombia, Puerto Rico, México, Panamá y Chile, supervisando todos los requerimientos legales en la región junto a las firmas de abogados externas y el equipo legal interno. Juan José cuenta con amplia experiencia en negociación de contratos con anunciantes y proveedores de diversos servicios en Latino América, como también en Desarrollo de políticas de RRHH, asesoría a niveles ejecutivos, redacción de documentos claves y soluciones legales a nivel regional. Desde el 2014 hasta la actualidad es Co-Fundador, Gerente General y Abogado Jefe de MisAbogados.

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