Las áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos son sectores de explotación definidos en lugares como playas de mar o hasta cinco millas marítimas mar adentro, a los que pueden acceder las organizaciones de pescadores inscritas en el Registro Pesquero Artesanal.
En el siguiente artículo te explicaré en detalle qué hay que hacer para conseguir un área de manejo, quiénes pueden solicitarlo y en qué casos no es necesario el pago de patente; entre otras cosas.
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Las áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos son sectores de explotación definidos en lugares como playas de mar o hasta cinco millas marítimas mar adentro, a los que podrán acceder las organizaciones de pescadores inscritas en el Registro Pesquero Artesanal. En dichas áreas los pescadores artesanales organizados pueden hacer sus trabajos de pesca y recolección, incluyendo acuicultura (crianza y producción) y captación de semillas.
Para solicitar un área de manejo, la organización de pescadores artesanales debe presentar un proyecto de manejo y explotación del área que solicite, el que deberá ser aprobado por la Subsecretaría de Pesca.
Sí, una vez solicitado el área de manejo, se deberá pagar una patente cada año equivalente a 0,18 UTM por hectárea según el tamaño del área. Sin embargo, para las áreas donde se autoricen actividades de acuicultura la patente será de 2 UTM por hectárea. El trámite finaliza con un convenio de manejo con el Servicio Nacional de Pesca, que permite que se inicie el trabajo.
No, sólo las organizaciones que estén inscritas en el Registro Pesquero Artesanal podrán solicitar un área de manejo de pesca artesanal.
Si ambas cumplen con todos los requisitos, se podrá asignar el área de manejo en forma conjunta, siempre y cuando haya acuerdo entre las organizaciones, el cual debe constar por escrito y autorizado por un notario público. Si no, existen criterios de exclusión. Se preferirá a aquélla que no tenga ya un área asignada. Si no se puede decidir por este criterio, se elegirá a la organización que saque mayor puntaje de una tabla que considera factores como cercanía al área de trabajo, número de socios y antigüedad.
No se pagará patente por el área de manejo en los siguientes casos:
Para las organizaciones de pescadores que operaron en el período 2004-2009 se les descuenta un 75% del pago de su patente por área de manejo, descuento que será de 100% para los pescadores de las regiones V a IX. Estos últimos pescadores, además, no pagaron patente desde el año 2010 a 2012. Si ellos ya habían hecho esos pagos, se les consideraron como abonos para pagos futuros.
Adicionalmente, se reduce un 75% la deuda por patentes no pagadas a acuicultores que manejen áreas de menos de 1 hectárea (si son personas naturales) o de menos de 50 hectáreas (si son agrupaciones).
Si los pescadores renuncian a un área de manejo, no podrán volver a solicitarla hasta tres años después de la renuncia. Lo mismo ocurrirá para quienes pierdan la concesión por explotación indebida (que vaya en contra del plan de manejo presentado) o no pago de la patente.
Para quienes extraigan recursos de un área de manejo contra las normas, habrá multa de 30 a 100 UTM, monto que se duplicará en caso de reincidencia. Para quienes procesen, elaboren o almacenen productos derivados de la mencionada extracción ilegal, la multa será de 30 a 300 UTM y cierre del establecimiento comercial involucrado hasta por 30 días. En caso de reincidencia, las multas se duplicarán y los responsables arriesgan penas de cárcel.
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