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Modelo de contrato a honorarios

Escrito por Juan José Rentería | Publicado el 14 de septiembre 2015 | Contratos laborales

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Fecha de última edición: 28 de noviembre 2022

Los trabajadores a honorarios no se rigen por el Código del trabajo, esto significa que cualquier beneficio al que tenga derecho el trabajador dependerá exclusivamente del acuerdo al que haya llegado con su empleador, y el cual deberá quedar reflejado en un contrato a honorario.

Así por ejemplo, si tu empleador ha pactado contigo algún derecho excepcional, como por ejemplo, derecho a feriado anual o a la indemnización por los años de servicio, este deberá quedar expresamente pactado en un contrato para que sea válido y así no tener conflictos en el futuro.

De acuerdo a esto, todos los beneficios a los que tenga derecho las personas que trabajen a honorario deberán quedar expuestos en un contrato a honorario. Si estás planeando hacer un contrato a honorarios, este modelo de contrato te será muy útil.

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¿Qué es un contrato a honorarios?

Un contrato de honorario es un pacto en el cual una parte se encuentra obligada a prestar determinados servicios por un tiempo específico a la otra parte, quien a su vez esta obligado a pagar una cantidad específica de dinero por dichos servicios.

¿Cómo se rige el contrato a honorario?

El contrato a honorario se rige con las mismas reglas relativas a un contrato de arrendamiento de servicios inmateriales, específicamente el artículo 2.006 y siguiente del Código Civil. De acuerdo a esto, el contrato a honorario no puede tener una duración más larga a la necesaria para desarrollar el servicio en cuestión. Por otro lado, está pensado para aquellas personas que prestan servicios con cierta autonomía.

¿Cuál es la diferencia entre un contrato de trabajo y un contrato a honorarios?

Las principales diferencias que existen entre ambos contratos son:

  • El contrato de trabajo sí se encuentra regido por el Código del Trabajo, no así el contrato a honorarios. Aún así existen otras diferencias que enumeramos a continuación:
  • En un contrato de trabajo existe una relación de dependencia o subordinación entre las partes.
  • De acuerdo a lo anterior, toda actividad de trabajo donde exista una relación de subordinación y dependencia origina un contrato de trabajo y queda regida por las normas del Código del Trabajo. Esto genera para el trabajador todos los derechos que le corresponden, es decir: límites de jornada de trabajo, descansos, vacaciones, indemnizaciones, etc.).

¿Qué trabajadores pueden trabajar como trabajadores a honorario?

El código civil especifica tres tipos de contratos que pueden realizarse bajo régimen de pago a honorarios:

  1. El mandato, en el cual se le confía a una persona la realización de ciertas gestiones.
  2. El contrato de confección de obra material, en el cual una persona se compromete a realizar una obra por cierto precio. Su objeto es el producto final, por ejemplo una mesa.
  3. El arrendamiento de servicios, en el cual una persona se compromete a prestar ciertos servicios por cierto precio. En este caso, no puede existir una relación de subordinación o dependencia.

¿En qué consiste este contrato?

Conoce en qué consiste este contrato a través del siguiente modelo de contrato a honorarios que te dejamos a continuación.


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Si estas pensando en pactar un contrato a honorario y aún tienes dudas en el asunto, escríbenos aquí y un abogado de nuestro equipo se pondrá en contacto contigo a la brevedad.


autor Juan José Rentería
Por Juan José Rentería
Abogado UDP. Gerente General de MisAbogados

Diplomado en Derecho Laboral el 2011 en la Universidad Diego Portales, se desempeñó 4 años como Gerente Legal para Groupon Latinoamérica, donde coordinó los equipos de Argentina, Perú, Colombia, Puerto Rico, México, Panamá y Chile, supervisando todos los requerimientos legales en la región junto a las firmas de abogados externas y el equipo legal interno. Juan José cuenta con amplia experiencia en negociación de contratos con anunciantes y proveedores de diversos servicios en Latino América, como también en Desarrollo de políticas de RRHH, asesoría a niveles ejecutivos, redacción de documentos claves y soluciones legales a nivel regional. Desde el 2014 hasta la actualidad es Co-Fundador, Gerente General y Abogado Jefe de MisAbogados.

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