¿Qué es el autodespido?

Escrito por Juan José Rentería | Publicado el 13 de noviembre 2015 | Derecho laboral

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Fecha de última edición: 8 de mayo 2023

El autodespido, o también conocido como “despido indirecto” es una figura que permite al trabajador desvincularse de la empresa. En el siguiente artículo te explicaré:

  • Qué es el autodespido y por qué existe esta figura legal en nuestra legislación.
  • Cuáles son las causales de autodespido y sus requisitos.
  • Cuáles son los pasos que se deberán seguir para invocar esta figura legal.
  • Todo lo relacionado con el pago de la indemnización y las consecuencias a las que se expone el empleador si no cumple con sus obligaciones.

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¿Qué es el autodespido?

Tal como señala el artículo 171 del Código del Trabajo, el autodespido o despido indirecto es una figura legal que le permite al trabajador poner término a su contrato de manera unilateral, como si hubiera sido despedido por el empleador, por las causales que indica la ley.

¿Por qué existe esta figura legal en la ley chilena?

El autodespido existe en caso de que el empleador no cumpla alguna de las causales del contrato de trabajo que le son imputables. Al ocurrir esto, el contrato queda totalmente invalidado e impide que el trabajador continúe prestando sus servicios con normalidad. En otras palabras, es un mecanismo que protege al trabajador cuando el empleador no cumple las obligaciones establecidas en el contrato.

A diferencia de la renuncia, el autodespido le permite al trabajador provocar su propio despido sin perder sus derechos de indemnización.

¿Cuáles son las causales de autodespido?

Las causales del despido indirecto son las reguladas por el artículo 160 del Código del Trabajo. Según el precepto legal, son causales de despido indirecto las conductas indebidas de carácter grave, debidamente comprobadas. El artículo indica las causales que a continuación se señalan:

  • Conductas o comportamientos de acoso sexual.
  • Falta de probidad en el desempeño de sus funciones.
  • El empleador ha ejercido acciones en contra del trabajador o de cualquier trabajador de la empresa.
  • El empleador es acusado por denigrar e injuriar a su trabajador.
  • Conductas inmorales que afectan a la empresa donde trabaja.
  • Conductas de acoso laboral o "mobbing" sin importar el tipo.
  • Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos. Es decir, conductas que ponen en peligro la seguridad del establecimiento o derechamente la de los trabajadores. Por ejemplo, que el trabajador no cuente con las medidas de seguridad necesarias para realizar algún trabajo determinado.
  • Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.

En este caso, las causas son las que invoca el trabajador en contra de su empleador para producir su despido indirecto.

Requisitos para proceder con un autodespido

Los requisitos para que un trabajador proceda con su autodespido son:

  • Que el contrato de trabajo se encuentre vigente.
  • Que el empleador incurra en alguna de las causales que provocan el despido indirecto.
  • Que el trabajador desee poner término a la relación laboral.

Paso a paso para enfrentar un autodespido como empleador

Etapas del autodespido

Lo primero será que el trabajador le comunique a su empleador el término de la relación laboral indicando la causal y los hechos que fundamentan el autodespido a través de una carta o correo certificado enviado a su domicilio y con copia a la Inspección del Trabajo.

Presentar demanda de autodespido o despido indirecto

En esta fase tu trabajador acudirá a los Tribunales de Justicia en el plazo de 60 días hábiles contados desde la terminación de los servicios e interpondrá una demanda por despido indirecto. Si obtiene favorable, el juez ordenará el pago de las indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y legal por años de servicios, aumentadas de la siguiente forma:

  • En un 50% cuando la causal invocada sea por incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.
  • En 80% en el caso de las causales sean por:
    • Falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones.;
    • Conductas de acoso sexual.
    • Vías de hecho ejercidas por el trabajador en contra del empleador o de cualquier trabajador que se desempeñe en la misma empresa.
    • Injurias proferidas por el trabajador al empleador.
      Conducta inmoral del trabajador que afecte a la empresa donde se desempeña.
    • Conductas de acoso laboral.
    • Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos.

Forma y plazos de notificación de la demanda al empleador

Según lo señalado por el Código del Trabajo:

“El trabajador tiene un plazo de 60 días hábiles desde la terminación de los servicios para demandar ante los tribunales de justicia. Este plazo se amplía a un máximo de 90 días hábiles si el trabajador presenta un reclamo ante la Inspección del Trabajo”.

¿Qué sucede si el trabajador no logra acreditar la causal?

De acuerdo al Código del Trabajo, no acreditar la causal y rechazar la demanda por despido indirecto, genera dos consecuencias posibles:

  • Asumir por terminado el contrato por renuncia del trabajador.
  • En el caso de que la causal invocada sea por conductas de acoso sexual o de acoso laboral, se declarará carente de motivo plausible. Respecto a esto, el trabajador estará obligado a indemnizar los perjuicios que le cause al empleador.

Indemnización por autodespido

Consideraciones para calcular la indemnización en el autodespido

Para calcular la indemnización, debemos tener presente que el legislador ha contemplado a modo de sanción para el empleador recargos sobre las indemnizaciones dependiendo de la causal que se aplique.

De acuerdo a esto, las indemnizaciones sustitutivas de aviso previo y por años de servicios deberán ser recargadas. Para saber cuánto es el monto total de la indemnización, habrá que tomar el total de la indemnización y calcular el 50% u 80% de esta. Una vez hecho esto, se debe sumar dicha cantidad a la indemnización original, por ejemplo:

Juan demanda despido indirecto, y le corresponde por indemnización por años de servicio $4.500.000, y una indemnización sustitutiva de aviso previo por 500.000, dando un total de $5.000.000, sacando el 50% de esto nos da $2.500.000 cifra que se debe sumar a la indemnización original de $5.000.000, dando un total de $7.500.000.

Indemnizaciones que puede solicitar el trabajador a través del autodespido

En el caso del despido indirecto, corresponden todas las indemnizaciones como en cualquier otro tipo de despido. Es decir, cuando se inicia una demanda por autodespido el trabajador tiene el derecho a:

  • Las indemnizaciones por años de servicio.
  • La indemnización sustitutiva de aviso previo.
  • Pago de horas extras.
  • Pago de feriados legales.

Causales que pueden provocar un aumento en la indemnización

De acuerdo al Código del Trabajo, todas las causales de despido indirecto dan un recargo o aumento sobre la indemnización. Sin embargo, el porcentaje de aumento dependerá de la causal de despido:

  • Si la causal es incumplimiento de las obligaciones contractuales, el aumento de la indemnización será de un 50%.
  • Si la causal se debe a conductas indebidas de carácter grave y debidamente comprobadas, el incremento de la indemnización será hasta de un 80%.
  • Si la causal se debe a actos, omisiones o imprudencias temerarias que afectaron la seguridad o el funcionamiento del establecimiento, el incremento de la indemnización será hasta de un 80%.
  • Si la causal se debe a actos que afectaron la seguridad, la salud o a la actividad de los trabajadores, el incremento de la indemnización será hasta de un 80%.

Incumplimiento en el pago de remuneraciones o gratificaciones correspondientes

En el caso de que no hayas pagado las remuneraciones, gratificaciones o horas extra, tu trabajador tendrá el derecho de cobrar dichas prestaciones aún cuando la relación laboral haya terminado.

El plazo que tiene para ello es de 2 años, siempre que la relación laboral se encuentre vigente (ese es el plazo para demandar). Si la relación laboral ha terminado (por cualquier causa), tendrás sólo seis meses para interponer la demanda respectiva.

¿Qué pasa si como empleador no cumplo con el pago de la indemnización?

Si el empleador no paga de manera oportuna, o no lo hace íntegramente, esto constituye una falta grave y el trabajador podrá aplicar el derecho el artículo 171 del Código del Trabajo para cobrar lo adeudado y elevar los antecedentes en el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional correspondiente.

Autodespido y rol de la Inspección del Trabajo

Rol de la Inspección del Trabajo frente a un autodespido

El procedimiento depende del monto de la indemnización que solicite el trabajador:

  • Si el monto es inferior a 10 ingresos mínimos mensuales, el trabajador debe interponer un reclamo en la Inspección. Una vez hecho esto, deberá acudir a una audiencia de mediación. Si este recurso no da resultados, el trabajador debe iniciar una demanda por despido indirecto en tribunales.
  • Si el monto es superior a 10 ingresos mínimos mensuales, el único rol de la Inspección del Trabajo es la de recepcionar la carta del trabajador que notifica al empleador su autodespido. En este caso, la función de la Inspección es fiscalizar la causal por la cual se está realizando el autodespido.

De acuerdo a esto, la mediación laboral y la audiencia de conciliación es una de las principales funciones de la Inspección. A través de estas funciones se busca evitar el juicio que podría originar un despido indirecto.

¿Puede la Inspección del Trabajo tomar alguna decisión o es solo un mediador?

La Inspección del Trabajo no tiene ninguna facultad para decidir frente a los casos de despido indirecto. Sólo puede mediar con el fin de lograr un acuerdo de conciliación.

Sin embargo, en aquellos casos en que el monto de la indemnización que se demanda sea inferior a 10 ingresos mínimos mensuales, la Inspección del Trabajo podrá determinar el monto de las indemnizaciones que procedan según sea el caso.

¿Qué pasa si como empleador no cumplo con la resolución del tribunal?

Si el empleador no cumple con la sentencia, se puede solicitar su cumplimiento ante un tribunal de cobranza laboral y previsional. Una vez hecho esto, el tribunal tomará medidas para el cobro, llegando incluso al embargo de bienes del empleador.

¿Debo asesorarme legalmente para enfrentar una demanda de autodespido?

Durante el proceso en general es aconsejable asesorarse por un abogado especialista, tanto para saber qué hacer según la causal invocada por tu trabajador, así como también para enfrentar la demanda.

Modelo de carta de autodespido

A continuación podrás descargar un modelo de carta de autodespido.

Recuerda que este modelo es meramente referencial y tiene por objetivo que puedas ver una carta de autodespido.

Lo recomendable es que te asesores por un abogado especializado en derecho laboral para elaborar la misma, y dentro de una estrategia jurídica de tu conveniencia.

Para descargar el modelo, haz click en el siguiente botón:

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Si tienes problemas con este tema u otro similar, escríbenos aquí. y un abogado de nuestro equipo se pondrá en contacto contigo a la brevedad.


autor Juan José Rentería
Por Juan José Rentería
Abogado UDP. Gerente General de MisAbogados

Diplomado en Derecho Laboral el 2011 en la Universidad Diego Portales, se desempeñó 4 años como Gerente Legal para Groupon Latinoamérica, donde coordinó los equipos de Argentina, Perú, Colombia, Puerto Rico, México, Panamá y Chile, supervisando todos los requerimientos legales en la región junto a las firmas de abogados externas y el equipo legal interno. Juan José cuenta con amplia experiencia en negociación de contratos con anunciantes y proveedores de diversos servicios en Latino América, como también en Desarrollo de políticas de RRHH, asesoría a niveles ejecutivos, redacción de documentos claves y soluciones legales a nivel regional. Desde el 2014 hasta la actualidad es Co-Fundador, Gerente General y Abogado Jefe de MisAbogados.

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