¿Cómo iniciar un juicio de filiación y demanda de paternidad?

Escrito por Nicole Castillo | Publicado el 18 de julio 2016 | Derecho de Familia

padre y madre reclamando la atencion de  su hija
Fecha de última edición: 7 de junio 2023

En el siguiente artículo te explicaré qué hacer ante la duda de paternidad de un hijo. Respecto a esto, sabrás qué es la filiación y en qué consiste el juicio.

Asimimo sabrás qué tipos de filiación existen según nuestra legislación, cuáles son los principios de la filiación y sus acciones, y cuáles son los pasos a seguir para reclamarla.

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¿Qué hacer ante la duda de paternidad de un hijo?

Todos los hijos nacidos dentro del matrimonio se presumen como propios. Por ende, si existen dudas se deberá recurrir a los Tribunales de Familia donde la persona interesada deberá probar que no existe filiación.

En el caso de que las partes no hayan contraído matrimonio, los hijos se podrán reconocer de forma voluntaria o bien acudiendo a los Tribunales de Familia e iniciar un proceso de reconocimiento mediante diversos medios de prueba, incluidos la prueba de ADN y una sentencia judicial, se declara la paternidad correspondiente.

¿Qué es la filiación?

La filiación es el vínculo biológico existente entre padres e hijos el cual se encuentra reconocido y regulado por nuestra ley. Como resultado de esta relación, la filiación específica los derechos y obligaciones que se tiene frente a la ley tanto como descendiente o ascendiente. Así por ejemplo, los padres tendrán el derecho de usar los bienes del hijo y de percibir sus frutos, así como administrar y representar a sus hijos.

¿Qué tipos de filiación existen?

Según la ley 19.585, existen 3 tipos de filiación en Chile:

  • Por naturaleza.
  • Por técnicas de reproducción humana asistida, la cual en la práctica es igual a la natural con la diferencia de que es realizada con ayuda.
  • Por adopción.

¿Cuáles son los principios de la filiación?

La ley 19.585 define la paternidad se encuentra definida por la:

  • Igualdad de todos los hijos sin importar cómo fueron concebidos (dentro o fuera del matrimonio) con el objetivo de que no sean discriminados.
  • Consideración del niño como sujeto de derecho, guiando su formación espiritual y material conforme a su edad y desarrollo.
  • Derecho a tener una identidad, a conocer el origen biológico y por último, a pertenecer a una familia. De este último principio, nace la posibilidad de investigar la paternidad.

Acciones de filiación en Chile

Entre las demandas de paternidad que se pueden resolver en los juzgados de familia, se encuentran las siguientes:

Acción de reclamación de filiación

Su objetivo es iniciar una investigación para determinar la paternidad cuando un hijo no es reconocido por el padre.

Acción de impugnación de filiación

Tiene como objetivo revocar una filiación que ha sido decretada previamente. Esto se da cuando se ha decretado la filiación entre dos personas por error; situación en la cual se deberá impugnar la filiación con el fin de que se declare dicho error y así –de ser posible– determinar quién es el padre.

Acción de simple desconocimiento de la paternidad matrimonial del hijo que nace antes de los 180 días desde el matrimonio

Ocurre cuando un hijo nace 180 días antes de que las partes hayan contraído matrimonio.

Acción de nulidad de reconocimiento de un hijo

Tal como su nombre lo señala, anula el reconocimiento de un hijo por parte de una persona. Al ocurrir esto, el hijo queda con el reconocimiento que existía anteriormente.

¿En qué lugar se determina la filiación?

Para determinar la filiación se deberá acudir a los Juzgados de Familia.

Pasos para reclamar la paternidad a través de la vía judicial

¿En qué consiste el juicio de filiación?

El juicio de filiación tiene como principal objetivo evitar que un hijo crezca sin su padre así como también ejercer los derechos hereditarios, de pensión alimenticia y otros que adquiere el menor una vez se comprueba la paternidad.

¿Cuáles son los pasos para reclamar la paternidad?

Tal como señala el artículo 187 del Código Civil, para reclamar la paternidad se deberá formular una declaración a través de:

  • El Registro Civil en el nacimiento o en el matrimonio.
  • Un acta extendida en el Registro Civil.
  • Escritura pública en la cual se reconozca la paternidad.
  • Un testamento.

Es importante tener en cuenta que en el caso de que sea un sólo progenitor el que reconozca la paternidad, no habrá obligación de señalar quién es el otro(a).

Requisitos y eventos de la demanda de paternidad

Para demandar la paternidad el primer paso es interponer una demanda a través de un abogado. Una vez hecho esto, la persona que demanda será citada a una audiencia para ratificar la demanda y solicitar la prueba de ADN en el Servicio Médico Legal.

Si el demandado no se somete a la prueba, se presumirá que es el padre de forma automática; perdiendo los los derechos hereditarios sobre el hijo y manteniendo sus deberes como padre. Una vez realizada la audiencia preparatoria, el juez en su resolución citará a una audiencia de juicio donde dará a conocer el resultado del examen.

¿Es posible reconocer a un hijo después de años?

Sí. Reclamar la filiación es un derecho que no se encuentra supeditado al paso del tiempo. Sin embargo, si bien es cierto que el reconocimiento de paternidad es voluntario, habría que evaluar si dicho hijo tiene una filiación definida con anterioridad. De ser así, el reconocimiento podría llevarse a cabo; impugnando la paternidad del hijo.

Reconocimiento de maternidad

Según el artículo 183 del Código Civil, la maternidad en Chile queda determinada con el parto y con el registro de las identidades del hijo en el Registro Civil. Si esto no ocurriese, se podrá determinar a través del reconocimiento vía o sentencia de un juicio.

¿Qué se debe hacer ante la sentencia que declara la paternidad?

Se deberá suscribir la paternidad junto a la inscripción de nacimiento del hijo.

¿En qué consiste la impugnación de paternidad?

Es el derecho que tiene un padre como un hijo de solicitar al Tribunal de Familia que se deje sin efecto una filiación ante la duda.

En otras palabras, la impugnación tiene como objetivo desconocer una filiación previamente determinada. Esto ocurre por ejemplo cuando se ha declarado que Marcela es hija de Roberto sin serlo.

Impugnación de la paternidad de un hijo

Nacido durante el matrimonio

La impugnación de la paternidad de un hijo nacido durante el matrimonio podrá realizarla:

  • El presunto padre en el plazo de 180 días contados desde el día que tuvo conocimiento del parto, o en el plazo de un año, contado desde esa misma fecha si comprueba que durante el parto estaba divorciado.
  • Los herederos del marido o terceros, siempre y cuando el marido haya muerto sin conocer el parto, o antes de cumplirse 180 días o un año señalado en el caso anterior.
  • El supuesto hijo o su representante.
  • El hijo en el plazo de 1 año desde que cumple la mayoría de edad (18 años).

Nacido fuera del matrimonio

Cuando se trata de un hijo nacido fuera del matrimonio, la impugnación podrán realizarla las siguientes personas:

  • El hijo, en el plazo de 2 años contados desde la notificación del reconocimiento.
  • El representante del hijo, en el caso de que el hijo no pueda ejercer la impugnación.
  • Los herederos del hijo, siempre y cuando el hijo:
    • Falleció sin que se haya reconocido la paternidad.
    • Murió antes de vencido el plazo para impugnar la paternidad.

Los herederos podrán impugnar la paternidad en el mismo plazo que tenía el hijo o en el tiempo que falte para completarlo, contado desde la muerte del hijo.

  • Terceros interesados en el plazo de un año desde que manifestó su interés e hizo valer su derecho.

¿En qué situaciones no se puede impugnar la paternidad?

La ley señala que no es posible impugnar la paternidad cuando existe una sentencia firme que determina una filiación.

¿Cómo interponer una demanda de impugnación?

El proceso para interponer una demanda para impugnar la paternidad es bien similar a la demanda de reclamación de paternidad.

De acuerdo a esto, solo podrá demandar de impugnación cuando el hijo tiene una filiación determinada. Cumpliéndose esto, lo primero será interponer una demanda en el Tribunal de Familia.

Una vez se haya determinado la impugnación, se tendrá que solicitar la reclamación de filiación. Para esto el juez solicitará una prueba de ADN a través de una audiencia donde deberán comparecer ambas partes. Como es el padre quien solicita la impugnación, la presunción no se hace efectiva; como ocurre cuando es el hijo quien la reclama.

Medios para reclamar la filiación

No hay restricciones en cuanto a los medios utilizados para reclamar la filiación, sin embargo, el método más seguro y utilizado en este campo es el examen de ADN, el cual tiene una certeza de un 99,9%.

¿Dónde debe realizarse la prueba de ADN?

La prueba de ADN deberá hacerse en el Servicio Médico Legal (SML) o en los laboratorios designados por el juez.

Es sumamente importante tener en cuenta que los exámenes de ADN realizados en farmacias no son válidos en un juicio.

¿Es la única prueba que se puede hacer?

No. Ante cualquier duda o sospecha, las partes involucradas podrán solicitar un nuevo informe biológico. Este nuevo informe podrá solicitarse una sola vez.

Una vez realizado el nuevo informe, el juez podrá otorgarle valor suficiente a estos últimos resultados; estableciendo o excluyendo la paternidad según el resultado.

Determinación de filiación gratuita

La determinación de filiación, para comprobar una relación de paternidad o maternidad, puede solicitarse de manera judicial. Esta orden tiene el propósito de identificar si entre dos personas existe alguna clase de relación de descendencia. El resultado de este trámite reconocerá el grado de parentesco entre dos personas. En estos casos, la Corporación de Asistencia Judicial puede asumir la representación judicial totalmente gratis, siempre y cuando se cumplan con los requisitos que esta misma establece.

¿Qué servicios ofrecen las Corporaciones de asistencia judicial?

En esta materia, principalmente pueden brindar:

  • Orientación e información en Derechos.
  • Patrocinio Judicial.
  • Prevención de conflictos y promoción de derechos.
  • El Beneficio de Asistencia Jurídica Gratuita o Privilegio de Pobreza implica la gratuidad en las actuaciones judiciales, motivo por la cual, antes de proceder a la representación en juicio, es necesario que se realice una calificación socioeconómica antes.Si no hay calificación económica que justifique al solicitante, no se puede beneficiar de esta asistencia jurídica gratuita.

¿Qué documentos se requiere para tramitar esta determinación de filiación?

Para tramitar la filiación de forma gratuita se requiere el certificado de nacimiento del niño o niña respecto a quien se requiere determinar la filiación.

Antecedentes del domicilio del demandado.

¿Dónde dirigirse para realizar este trámite?

El lugar donde se ubica la Corporación de asistencia judicial es en el Centro de Atención Jurídico Social de la corporación de la comuna de residencia del solicitante. Las direcciones y teléfonos de la Corporación correspondiente se pueden encontrar en su página web. Por último y como señalé al comienzo, este trámite no tiene costo siempre que cumpla con los requisitos.

Para descargar el modelo, presiona el botón a continuación:

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autor Nicole Castillo
Por Nicole Castillo
Abogada experta en Derecho de Familia y Civil

Abogada UST. En 2015 trabajó en la Clínica Jurídica de la Universidad Santo Tomás, asesorando a los patrocinadores en casos de Derecho Civil y Derecho de Familia. Trabajó en la unidad de curaduría de la Oficina de Familia de Santiago. Desde 2018 es parte de MisAbogados.com, se desempeña como abogada asesora, dentro de sus funciones esta dar asistencia escrita y telefónica a clientes con respecto a distintas dudas jurídicas. Además de tramitar casos, patrocinando a Misabogados.com en Derecho de Familia principalmente.

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