¿Cuáles son las faltas menos graves en la ley del tránsito?

Escrito por Consuelo Cerda | Publicado el 04 de noviembre 2015 | Ley de tránsito

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Fecha de última edición: 12 de julio 2022

Las infracciones a la Ley de Tránsito se clasifican en: faltas gravísimas, faltas graves, faltas menos graves y faltas leves. A continuación podrás ver el listado completo de las faltas menos graves que contempla la legislación en Chile.

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¿Cuáles son las faltas menos graves según la ley de tránsito?

  • Estacionar al costado izquierdo, sobre la vereda, bandejón, o lugar que sea el señalado como falta grave.
  • Conducir vehículo marcha atrás.
  • Conducir con exceso de carga o pasajeros.
  • Conducir un vehículo usando indebidamente luces.
  • No cumplir o respetar normas para vehículos de emergencia que le dan preferencia.
  • No hacer señales debidas antes de virar.
  • Efectuar viraje en U en la intersección de calles y caminos, en los pasos de peatones, a menos de 200 metros de curvas, simas o gradiente, cruces ferroviarios, puentes viaductos y túneles y donde la señalización lo prohíba.
  • Conducir un vehículo sin silenciador o con tubo de escape en mal estado o con salida anti-reglamentaria.
  • No llevar un vehículo limpia parabrisas y espejo interior y uno de carga, y espejos laterales.
  • Destinar y mantener en circulación un vehículo de servicio público de pasajeros o de carga que no cumpla los requisitos establecidos por la ley, el reglamento o aquellas normas que dicte el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
  • No cumplir el titular obligaciones o restricciones establecidas en la licencia, que no sean rendir los exámenes físicos y psíquicos y registrar su domicilio.
  • Conducir un vehículo transporte Colectivo sin cumplir los requisitos.
  • Transportar pasajeros en un vehículo de carga.
  • Que un conductor de locomoción colectiva se niegue a transportar escolares.
  • Conducir vehículos con pasajeros en pisadera o con la puerta abierta.
  • No usar casco de conductor cuando corresponda.
  • No cumplir obligación de auxiliar a un lesionado en accidente.
  • Deteriorar o alterar señal de tránsito.
  • Que transite un peatón dentro de la calzada o cruzar en lugar no autorizado.
  • Infringir normas sobre transporte terrestre del Ministerio de Transporte.
  • Estacionar frente a grifo o a menos de 5 metros.
  • Estacionar a menos de 10 metros de la esquina.
  • Hacer colectivo siendo taxi básico.
  • Tomar o dejar pasajeros sobre la marcha.
  • No dar boleto valorado.
  • Estacionar o detenerse en segunda pista.
  • Tomar o dejar pasajeros en segunda pista.
  • Hacer taxi colectivo en auto particular.
  • Conducir o estacionar en paseo peatonal.
  • Conducir con luces altas en zona urbana.
  • Hacer taxi básico en taxi colectivo.
  • Maltrato de palabra a pasajero.
  • Conducir con tubo de escape anti-reglamentario.
  • Colectivo sin letrero reglamentario.
  • Trabajar un taxi sin colores reglamentarios, estando obligado.
  • Transitar en hora de restricción vehicular.
  • Estacionar al costado izquierdo.
  • Estacionar sobre la platabanda.
  • Cobro excesivo de tarifa.
  • Estacionar sobre la acera.
  • Conducir con licencia vencida.

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autor Consuelo Cerda
Por Consuelo Cerda
Abogada especialista en Policía Local

Abogada UNAB experta en Policía local y especializada en legislación laboral comparada en la Universidad de Jaén, España. En 2014 fue procuradora en Fiscalía del Banco Bice. Durante 2016 trabajó en la Clínica Jurídica de la Universidad Andrés Bello. Trabajó en 2017 en la Corporación de Asistencia Judicial del Biobío en la sección penal infraccional. Desde 2018 es parte de MisAbogados, se desempeña como abogada asesora, dando asistencia a clientes con distintas dudas jurídicas y tramitando casos en Policía Local.

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