El contrato de licencia o royalty es el contrato en el cual el titular o dueño de un privilegio industrial otorga a otra persona el uso temporal de él, a cambio de dinero o de otros bienes. La remuneración que se paga por el otorgamiento del privilegio se conoce como “royalty” o “regalía”.
En el siguiente artículo te explicaré en qué consiste y cómo se encuentra regulado en nuestra legislación.
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¿En qué consiste el contrato de licencia o royalty?
Este tipo de contrato moderno, está muy ligado a la protección legal que el Estado y los distintos convenios internacionales le otorgan al dueño de una patente de invención, modelos de utilidad o diseños industriales, los que puede explotar por sí mismo, conceder su uso a un tercero o hacer las dos cosas en paralelo.
Cuando el dueño de cualquiera de estos privilegios le concede a un tercero el derecho a utilizarlo, tiene derecho a cobrar por ello una remuneración, la que corresponde al justo premio a su iniciativa y creatividad.
Según sea lo acordado por las partes en este contrato, es muy típico que las partes convengan que el concedente de la licencia se comprometa a proporcionar asesoría y entrenamiento al que adquiere el derecho de usarlo, lo que es conocido internacionalmente como “soporte técnico”.
¿Cómo es la regulación legal del contrato de licencia o royalty?
La legislación chilena encargada de amparar y proteger a las distintas especies de propiedad que se tienen sobre las creaciones del ingenio que tienen una finalidad económica, industrial o comercial, es la ley N° 19.039. Junto con la entrada en vigencia de esta ley, también se publicó en el Diario Oficial la adhesión y ratificación por parte de Chile del llamado “Convenio de Paris”. Esta normativa internacional constituye una Unión, a nivel internacional, para la defensa de la propiedad industrial y la represión de la competencia desleal, que comprende las siguientes manifestaciones:
- Patentes de invención Esta expresión comprende a las patentes de invención propiamente tales, las patentes de perfeccionamiento, patentes y certificados de adición, etcétera.
- Modelos de utilidad.
- Dibujos o modelos industriales.
- Marcas de fábrica o de comercio.
- Marca de servicio.
- El nombre comercial.
- Las denominaciones de procedencia o denominaciones de origen.
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