La ley Emilia sanciona con cárcel efectiva de al menos un año a todos aquellos conductores que manejen en estado de ebriedad, causando lesiones graves o la muerte, y los jueces a cargo de aplicar la pena no tendrán facultad de aplicar una inferior a la que se establezca por ley, ello ya que, a juicio de los legislador, debe existir una proporcionalidad de la pena en relación al bien jurídico protegido, que en este caso corresponde a la vida humana.
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La ley Emilia tipifica como delito y por tanto, endurece las sanciones cuando un conductor:
En un accidente de tránsito en el que se produzcan daños, los involucrados están obligados a dar aviso a Carabineros. Si no lo hacen o huyen del lugar serán sancionados con:
En un accidente de tránsito en el que se produzcan lesiones, los involucrados están obligados a detenerse, prestar ayuda y dar aviso a Carabineros. Si no lo hacen, serán sancionados con:
Si en un accidente de tránsito donde haya lesiones, la persona afectada queda demente, inútil para el trabajo, impotente, impedido de algún miembro importante, notablemente deforme, o muere a causa del accidente, la persona culpable será sancionada con:
Aunque no haya sido parte de un accidente, si un conductor se niega injustificadamente a realizarse un alcotest, o cualquier examen para determinar la cantidad de gramos de alcohol en la sangre (u otros estupefacientes), será sancionado con:
En caso de un accidente si el conductor se niega a realizarse el alcotest, y la personal afectada queda con lesiones gravísimas o muere a causa del accidente, el responsable será sancionado con:
Según la Ley del Tránsito, no se puede conducir si se está bajo la influencia del alcohol, o en estado de ebriedad. De acuerdo con la Ley de Tolerancia Cero Alcohol, para presentar uno de estos dos estados, se debe contar con los siguientes porcentajes de gramos alcohol por litro de sangre:
Si el conductor presenta estado de ebriedad, y es culpable de un accidente de tránsito en el que se produzcan lesiones que dejen a la persona afectada demente, inútil para el trabajo, impotente, impedido de algún miembro importante, o notablemente deforme, las sanciones son:
El autor del delito cumplirá el grado máximo de presidio (3 años y un día, o 10 años, según corresponda):
La norma también establece que hay tres casos en que la pena no parte en los 3 años sino que en los 5 años, es decir, se trata de circunstancias en que se agrava la responsabilidad del conductor. Estos casos son:
Ley Tolerancia Cero bajó los gramos de alcohol permitidos en la sangre para conducir y aumentó las sanciones de suspensión de la licencia de conductor.
Ley Emilia sanciona con cárcel efectiva de al menos 1 año a los conductores en estado de ebriedad que generan lesiones graves gravísimas o la muerte.
En cuanto a los beneficios carcelarios no existe la posibilidad de cumplir la pena de formas alternativas y quienes sean responsables deberán pasar por lo menos un año en la cárcel.
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