Desde la panadería de la esquina, hasta el taller de bicicleta o las clases de piano, todo cabe bajo este formato de empresa. Al igual que la Empresa Individual y la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), cualquier persona natural puede constituir una Microempresa Familiar (MEF); no requiere socios ni grandes montos de capital inicial para emprender.
Sin embargo, a diferencia de estas alternativas, una o más personas naturales pueden constituir una empresa de este tipo. Su particularidad radica en que comprende toda aquella prestación de servicios o producción de bienes que usa el domicilio particular como base de operaciones. Es decir, la casa habitación donde reside la persona o individuos que constituyen la sociedad.
Si estas pensando en constituir una empresa y tienes problemas al respecto, escríbenos aquí y un abogado de nuestro equipo se pondrá en contacto contigo a la brevedad.
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¿Qué es una micro empresa familiar?
La micro empresa familiar, empresa familiar o MEF es aquella que pertenece a una o más personas naturales, y permite desarrollar la actividad empresarial dentro de tu casa, siempre y cuando que el negocio que busques realizar no sea contaminante, peligroso o molesto.
¿Cómo puedo crear una empresa familiar?
Para constituir esta micro empresa sólo debes registrarte en tu Municipalidad y luego notificar al SII de esta inscripción. Ten en consideración que al hacer esto requerirás los siguientes documentos:
- Formulario de inscripción (lo obtienes en tu municipalidad).
- Autorización sanitaria, solo en el caso que el rubro de tu empresa sea elaborar o manipular alimentos.
- Autorización del comité de administración firmada por quién represente tu comunidad, esto en caso que vivas en un condominio.
¿Dónde debo presentar estos documentos?
Si has decido crear la MEF o negocio familiar, debes presentar los documentos en la Municipalidad correspondiente a tu domicilio, y así tendrás la autorización municipal para tu negocio.
¿Cuál es el costo de este trámite?
No hay un costo definido, ya que este varía de acuerdo a la municipalidad. Es por esto que debes acudir a la municipalidad y preguntar su valor.
¿Quiénes son los beneficiarios de esta MEF?
Para ser beneficiario debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar inscrito como MEF en el registro municipal.
- Realizar la actividad en la casa habitación.
- Que el que desarrolle la actividad sea ocupante legitimo de la vivienda, y que además no trabajen mas de 5 personas extrañas a la familia.
- Que tu capital inicial efectivo, sin incluir el inmueble, no sea mayor a 1000 UF.
¿Cuáles son los impuestos que paga una Empresa Familiar?
Los impuestos que la micro empresa familiar, empresa familiar o MEF deben pagar son los siguientes:
Impuestos mensuales:
Impuestos anuales
Impuestos trimestrales
¿Cuáles son las ventajas de constituir una empresa familiar?
Las principales ventajas al momento de constituir una empresa familiar son:
- Serás tú quien tenga el poder de decisión.
- Los límites de zonificación comercial o industrial de tu municipalidad no impiden que uses tu casa para tu micro empresa familiar, aunque tu domicilio esté en un barrio residencial, no comercial.
- En el caso de elaboración de alimentos, sólo la rige el Reglamento Sanitario de los Alimentos.
- Si haces trabajos por encargo de terceros (maquila), estás exento de pagar IVA. Más información aquí.
- Puedes contratar familiares.
¿Cuáles son las desventajas de constituir una empresa familiar?
- No puedes superar las 1.000 UF de capital inicial; si después generas un monto superior a este, tendrás que evaluar constituir otro tipo de sociedad.
- No puedes tener socios.
- Sigues teniendo limitantes ante bancos para solicitar un crédito empresarial o una cuenta corriente comercial.
¿La municipalidad considera como limitaciones ciertas ordenanzas municipales?
En este caso, para otorgar la patente, así como la autorización para funcionar en la casa habitación familiar no se consideran las limitaciones relativas a la zonificación comercial o industrial que contemplen las respectivas ordenanzas municipales, ni las autorizaciones que previamente deben otorgar las autoridades sanitarias u otras que contemplen las leyes y que afecten a tu casa. Solo se consideran las limitaciones o autorizaciones dispuestas en el decreto supremo Nº 977, de 1997, del Ministerio de Salud, que aprobó el Reglamento Sanitario de los Alimentos.
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