La colusión del confort en Chile

Escrito por Victor Arroyo | Publicado el 14 de febrero 2017 | Derecho Penal

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Fecha de última edición: 1 de octubre 2021

La colusión puede definirse como una situación en la que un conjunto de empresas acuerda no competir entre ellas con la finalidad de aumentar sus beneficios de forma conjunta. Dicho aumento puede producirse a través de diferentes instrumentos, tales como la fijación de precios, los acuerdos en cantidades de producción o la asignación de zonas o cuotas de mercado, entre otros. Esto fue lo que sucedió en Chile con el papel higiénico.

En el presente artículo MisAbogados.com te dará todos los detalles respecto a la colusión y específicamente a la colusión del confort que ocurrió en Chile.

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¿Cuáles son los factores que intervienen en la colusión?

Existen diversos factores que influyen en la colusión, tanto de tipo económico como jurídico y de organización empresarial.

  1. La capacidad de aumentar los precios se relaciona con la elasticidad de la demanda que enfrentan las empresas de la industria. Si la demanda del producto que los potenciales miembros de un cartel fabrican no es elástica, los beneficios de coludirse e incrementar los precios serán mayores que si la demanda de dicho producto es elástica. Esto está muy relacionado con el grado de sustitución de los productos que fabrican las empresas involucradas en la colusión. Cuanto mayor sea la capacidad de sustituir bienes, mayor será la elasticidad de la demanda y menores serán los beneficios esperados de la concertación.
  2. La mayor o menor penalidad esperada por colusión se relaciona directamente con la existencia y aplicación de una ley de defensa de la competencia.
  3. Respecto a los bajos costos de organizar un cartel, existen cuatro fenómenos principales que permiten dicha situación:
    1. La existencia de un número reducido de empresas que se conciertan.
    2. Una alta concentración de la industria.
    3. Un producto altamente homogéneo.
    4. La presencia de una asociación empresarial que pueda coordinar las actividades del cartel.

Colusión del papel higiénico en Chile

En el año 2000, el entonces dueño de Pisa (actual SCA), Gabriel Ruiz Tagle, se juntó con Jorge Morel, gerente general de CMPC de esa época, donde acordaron subir los precios para poner fin a la guerra de precios y mantener estables las participaciones de mercado de ambas compañías en la venta de papel confort, con los porcentajes de participación anteriores (24% y 76% respectivamente).

Las empresas coordinaron los porcentajes de las alzas de sus productos enviados al retail y además fijaron un marco general del precio de venta al público de los productos que se estimaban equivalentes entre ambas compañías. Esto permitió que tanto la CMPC como la SCA mantuvieran sus participaciones de mercado de forma estable y que además afectaran los precios de venta al público en un periodo de al menos 10 años.

La Fiscalía Nacional Económica comenzó a investigar los eventuales delitos en diciembre del 2014. En septiembre del 2015, las dos empresas ya se habían auto denunciado, acogiéndose al sistema de "delación compensada" previsto en la ley chilena.

En la acusación, la Fiscalía plantea que ambas firmas celebraron y ejecutaron acuerdos que les permitieron mantener operativo este cartel, afectando el mercado nacional de comercialización mayorista de papel higiénico, toallas de papel, servilletas, pañuelos desechables y faciales en el canal de venta masivo.

¿Qué es la delación compensada?

La delación compensada es un beneficio de exención o reducción de multa para aquellos agentes económicos que aporten antecedentes que conduzcan a la acreditación de dicha conducta y a la determinación de los responsables que hayan infringido el art. 3, letra a, del DL 211.

Requisitos para una delación compensada:

  • Proporcionar antecedentes precisos, veraces y comprobables que presenten un aporte efectivo a la constitución de elementos de prueba.
  • Abstenerse de divulgar la solicitud de estos beneficios.
  • Poner fin a su participación en la conducta.

Actualmente existe un acuerdo compensatorio que se llegó entre el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), las asociaciones ODECU y CONADECUS y la empresa papelera CMPC para indemnizar a la población por el caso de la colusión del confort, hecho que estalló en octubre de 2015.

¿Cómo se pagarán las indemnizaciones por la colusión del papel confort?

El acuerdo de indemnización por la colusión del papel higiénico señala que CMPC se comprometió a pagar un monto total cercano a los 150 millones de dólares, es decir, unos 97 mil millones de pesos.

¿Quiénes recibirán el dinero de la colusión del confort?

Los beneficiarios serán todos los mayores de 18 años (nacionales y extranjeros) que posean RUT y cédula de identidad al momento en que el tribunal apruebe este acuerdo.

El SERNAC señala que la población que recibirá parte del dinero es cercana a las 14 millones de personas, por lo que cada una de ellas recibirá al menos $7.000 pesos.

¿Cómo se cobrará el dinero de la colusión del papel higiénico?

Según lo que explicó el SERNAC, el proceso se realizará en dos etapas. Primero habrá un pago automático a quienes posean Cuenta RUT de Banco Estado a lo largo del país, que son alrededor de 9,5 millones. En una segunda etapa, se entregará el dinero de la colusión del confort a quienes posean cuenta corriente en otro banco y los mayores de 18 años que no posean cuenta corriente, posiblemente a través de un vale vista entregado por Banco Estado.

En este punto hay que destacar que varias personas han decidido donar sus $7.000 a la campaña Colusión de amor, que busca que este dinero vaya en directo beneficio de los damnificados de los recientes incendios que han afectado el país.

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autor Victor Arroyo
Por Victor Arroyo
Abogado UDP especialista en cobranzas y causas civiles

Pasante durante 2014 en el estudio jurídico “Cooper & Co” desarrollando labores de procurador, especializándose en tramitación de causas civiles, ejecutivas, laborales, familia en general, inscripciones en Conservador de Bienes Raíces y gestiones corporativas. Durante 2017 trabaja en Gestión Financiera (GESFIN), entre sus funciones tuvo que gestionar y tramitar cobranzas en carteras masivas. El mismo año, pasa a formar parte de MisAbogados donde tramita causas de cobranza, incumplimientos contractuales, prescripción de derechos municipales y otros como acción y excepción, ejecución promesas de compraventa, redacción y revisión de contratos, juicios de precario, de arrendamiento y trámites ante Instituciones públicas.

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