Se puede proceder a un cierre de calles y pasajes en los siguientes en los siguientes lugares: accesos a calles y pasajes, o a conjuntos habitacionales urbanos (por ejemplo, condominios) o rurales con una misma vía de acceso y salida. Esto sólo puede hacerse con el objeto de garantizar la seguridad de los vecinos.
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¿En que casos está prohibido el cierre de calles y pasajes?
No se podrá autorizar el cierre de calles y pasajes en:
- Ciudades declaradas patrimonio de la humanidad o en barrios.
- Calles, pasajes o lugares declarados patrimonio arquitectónico, o que sirvan como acceso a ellos.
- Calles, pasajes o lugares declaradas como monumentos nacionales.
¿Quién es el encargado de autorizar el cierre de calles y pasajes?
El encargado de autorizar el cierre de calles y pasajes es el alcalde, con acuerdo del Concejo Municipal.
¿Cómo se puede solicitar el cierre de una calle o pasaje?
Para solicitar el cierre de calles y pasajes, al menos el 90% de los propietarios de las viviendas cuyos accesos se encuentren al interior de la calle, pasaje o condominio que se quiera cerrar, deberá elevar una solicitud a la municipalidad. Una vez hecho esto, deberán seguir los siguientes pasos:
- Previo a la autorización, debe haber un informe de las direcciones o unidades de tránsito y de obras municipales y de la unidad de Carabineros y el Cuerpo de Bomberos de la comuna.
- La autorización deberá ser fundada, especificar el lugar de instalación de la reja, portón o dispositivos de cierre o control; las restricciones que habrá para vehículos, peatones o a ambos, y los horarios en que se aplicará.
- La municipalidad debe dictar una ordenanza que señale el procedimiento y características del cierre o medidas de control de que se trate.
- La ordenanza deberá contener medidas para garantizar la circulación de los residentes, de las personas autorizadas por ellos mismos (como por ejemplo visitas) y de los vehículos de emergencia, de utilidad pública y de beneficio comunitario.
¿Por cuánto tiempo es válida la autorización de cierre de calles y pasajes?
La autorización para cierre de calles y pasajes que otorga el alcalde en conjunto con el Concejo Municipal, es válida por cinco años, prorrogables automáticamente a menos que la municipalidad emita una resolución señalando lo contrario.
¿Qué pasa si los vecinos quieren terminar con el cierre de alguna calle o pasaje?
Para que se retire el cierre de una calle o pasaje, es decir, una reja de acceso o portón, a lo menos el 50% de los propietarios de las viviendas del lugar debe hacer una solicitud a la municipalidad, que podrá revocar dicha autorización.
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